CDMX

Amparan a ex policías por News Divine

Magistrados determinan que las víctimas no murieron por acción de agentes

Los ex elementos de la Secretaría de Seguridad participaron en un operativo en la discoteca el 20 de junio de 2008 que derivó en la muerte de 12 jóvenes (ARCHIVO. EL UNIVERSAL)
31/10/2017 |01:52Diana Lastiri |
Redacción El Universal
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió el amparo a cinco ex mandos de la Secretaría de Seguridad Pública capitalina por el caso de la discoteca News Divine y los absolvió de la acusación de ejercicio indebido de funciones.

Por mayoría de siete votos, el pleno de la Corte decidió conceder el amparo liso y llano a los policías contra la sentencia que se les emitió por ejercicio ilegal del servicio público durante un operativo en el News Divine el 20 de junio de 2008 que derivó en la muerte de 12 jóvenes y dos policías.

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El proyecto fue realizado por el ministro Arturo Zaldívar, quien señaló que el Ministerio Público tiene evidencias de que los ex mandos hubieran cometido un delito.

Los beneficiados son Alejandro Garniño Tejeda, ex jefe del sector Pradera, y quien fue premiado dos veces como Policía del Año, José Jiménez López, ex jefe del sector Cuchilla; Juan Manuel García Chávez, ex subdirector regional en la Zona Aragón; Ángel Muñoz Rico, ex jefe del sector Cuitláhuac, y Sergio Figueroa Hernández, ex jefe del sector Clavería.

Por ello, los quejosos no pueden solicitar el perfeccionamiento de la resolución, si existió alguna deficiencia en su queja, no pueden remediarlo mediante algún recurso.

El fallo del ministro Zaldívar consideró que la Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México valoró indebidamente las pruebas ofrecidas contra los ex mandos y, consecuentemente, los hechos, por lo que existió una “insuficiencia probatoria para tener por acreditada la responsabilidad penal de los quejosos en la comisión del delito”.

El proyecto fue realizado luego de que los ministros desecharon la propuesta de José Ramón Cossío Díaz que buscaba negar el amparo porque sus acciones y omisiones causaron la muerte y lesiones de quienes estaban en la discoteca.

La Corte determinó que la valla humana formada por los policías no causó la muerte y lesiones de quienes estaban en el lugar sino que el cierre de la puerta de la discoteca.

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