La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) puso un candado para que únicamente los capitalinos puedan comprar los departamentos del Programa Especial de Regeneración Urbana y Vivienda Incluyente 2019-2024, los cuales tendrán un costo de máximo de 1.4 millones de pesos.

Lo anterior se publicó este martes en la Gaceta Oficial en una modificación a los Lineamientos para el Control de la Comercialización de las Unidades de Vivienda Incluyente. Y si bien ya se habían publicado estas reglas el 15 de junio de 2021, ahora se especifican los métodos de cómo comprar las viviendas y que sólo son para residentes de la Ciudad de México, antes no se mencionaba, por lo que cualquier persona podría comprarlos.

En ese sentido, los departamentos que van a comercializar los particulares sólo pueden ser adquiridos por personas físicas de manera individual o en copropiedad, y que no sean propietarias de vivienda al momento de su participación en el proceso, por lo que deberán presentar Certificado de Adquisición o Enajenación de Bienes Inmuebles (Certificado de No Propiedad), emitido por la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno capitalino.

La vivienda incluyente se podrá adquirir con créditos del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), así como del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste), y ahora con la modificación de las reglas también podrán comprarlos con crédito hipotecario de una institución financiera, ya sea de manera directa o a través de alguno de los esquemas de cofinanciamiento con Infonavit y/o Fovissste, y el interesado debe ser habitante de la Ciudad.

Mientras tanto, la Seduvi y la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) darán seguimiento a la implementación del mecanismo y el cumplimiento de los objetivos establecidos en el programa, así como a la evaluación de los resultados obtenidos con base en las metas e indicadores. Anteriormente se incluía a la Secretaría de la Contraloría General.

Los lineamientos indican que una vez que las personas promoventes hayan obtenido el Oficio de Aprobación de Proyecto podrán dar inicio a la fase de promoción de las unidades de vivienda incluyente, y que el proceso de comercialización lo determinaran ellos mismos, de acuerdo con su modelo de negocio.

No obstante, “los promoventes tendrán un término de dos años para concluir los proyectos autorizados al amparo del programa”, en caso de no concluir su proyecto en el término señalado o que manifiesten su deseo de no continuar en el programa, estarán obligados a cumplir con todas las cargas administrativas y fiscales que se les hubieran otorgado en virtud de la aplicación.

La Seduvi señaló que la oferta de las unidades de viviendas incluyentes se difundirá a través del portal electrónico del programa, mismo en el que se podrán visualizar las unidades de vivienda disponibles, precios y ubicaciones, así como los contactos de las personas promoventes.

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