El publicó los lineamientos para la reconversión de Oficinas a Vivienda en la Ciudad de México, el cual indica que será para los inmuebles en desuso o abandono, y que se encuentren en el Centro Histórico, Santa Fe, Paseo de la Reforma en el tramo de Avenida Hidalgo , hasta Fuente de los Petróleos , entre otros.

Las disposiciones del acuerdo establecen que el número de viviendas que se pueda construir va a depender de la superficie del predio, el número de niveles, el área libre y la literal de densidad que determine el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano , pero para los casos que decidan conservar el uso actual con vivienda, se permitirá hasta el 40% de la superficie total construida como oficinas.

¿Qué es la reconversión de oficinas?

Detalla que la reconversión de oficinas es un proceso de adaptación y/o transformación con el objetivo de darle un mejor aprovechamiento al inmueble. Incluso que se puede utilizar como vivienda temporal, es decir de corta estancia para fines vacacionales.

El acuerdo publicado este martes en la Gaceta oficial indica que se tienen localizados inmuebles para el proceso de reconversión en los siguientes polígonos y vialidades:

El Centro Histórico; La zona que comprende el Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la Zona de Santa Fe de los Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano para las demarcaciones territoriales Álvaro Obregón y Cuajimalpa de Morelos, así como Polanco de la demarcación Miguel Hidalgo.

El área que comprende el Sistema de Actuación por Cooperación para el Mejoramiento y Consolidación Sustentable del Desarrollo Urbano de la zona denominada Granadas; Paseo de la Reforma en el tramo de Avenida Hidalgo, hasta Fuente de los Petróleos; avenida Revolución en su totalidad; Insurgentes Sur en el tramo del Monumento al Caminero hasta el cruce con Anillo Periférico; toda la avenida Insurgentes Centro.

Así como Insurgentes Norte, en el tramo de Avenida Ribera de San Cosme y México Tenochtitlán, hasta Ricardo Flores Magón; Anillo Periférico entre Benito Juárez, Coyoacán, y Miguel Hidalgo.

"El objeto de establecer los parámetros para la reconversión de oficinas a vivienda en la Ciudad de México es coadyuvar con la reactivación económica del sector inmobiliario y de la construcción. Lo anterior, a través de la reutilización adaptativa de inmuebles con uso distinto al habitacional que actualmente se encuentran en desuso, con lo que se contribuye a reducir el rezago habitacional de la Ciudad y a generar mayor disponibilidad de vivienda asequible; así como otorgar beneficios fiscales a favor de los proyectos aprobados indicados en dicho Acuerdo", indica la justificación de los lineamientos.

Requisitos para la reconversión de oficinas

El documento indica que los requisitos para reconversión de oficinas será solicitarlo a través de la Oficialía de Partes de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI), misma que deberá acreditar el proyecto.

Los documentos que deben presentar son: Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo o Certificado Único de Uso de Suelo Digital, vigentes; Acreditación de Uso de Suelo por Derechos Adquiridos o Registro de Manifestación de Construcción con autorización de Uso y Ocupación.

Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial vigente; Reporte fotográfico del interior y exterior del inmueble en el cual se observe la obsolescencia funcional, el desuso o abandono; Constancia de adeudos del Impuesto Predial y Derechos por el Suministro de Agua, emitidos por la Tesorería y el Sistema de Aguas, ambos de la Ciudad de México, , con los que se acredite que no existe adeudo en el pago de dichas contribuciones;

Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble, ya sea escritura pública del inmueble inscrita ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México, o Carta Notarial que indique que se encuentra en proceso de inscripción acompañada de la Constancia de ingreso correspondiente.

En caso de que la propiedad se acredite con resolución judicial, presentar copia certificada de la Sentencia Judicial ejecutoriada debidamente inscrita; Memoria descriptiva del estado actual y del proyecto pretendido con características generales, que incluya un Cuadro de Áreas desglosado por uso, por nivel, especificando las viviendas permitidas así como su superficie, en apego a la normativa aplicable; y Carta Compromiso firmada por la Persona Promovente autorizada, en conjunto con la persona representante legal o propietaria del inmueble, acompañada de copia de las identificaciones oficiales vigentes.

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