Con 47 votos a favor, el Congreso de la CDMX aprobó modificaciones al Código Penal local para que los delitos de violación, abuso sexual, acoso sexual, espurio, incesto, contra la intimidad sexual, corrupción de menores, turismo sexual, pornografía, trata de personas y lenocinio no prescriban cuando la víctima tenga menos de 18 años.

Al presentar este dictamen, el diputado Octavio Rivero recordó que generalmente cuando se guarda silencio por parte de las víctimas es porque han sido amenazadas o persuadidas, por vergüenza o culpa, “es por ello que la indefensión y la vulnerabilidad de la víctima será mayor entre menos edad tenga”.

El dictamen, dijo, es de vital importancia para disuadir a los agresores sexuales de cometer estos delitos al saber que el transcurso de los años no extinguirá la búsqueda y potestad del Estado para sancionarlos.

“Se busca garantizar que las víctimas tengan la oportunidad de buscar justicia en cualquier momento y que los responsables sean llevados ante las autoridades, incluso al paso de los años de cometer estas conductas y con esto garantizar también el acceso a la reparación integral de los daños, así como la rehabilitación y/o la indemnización compensatoria”, sostuvo.

Al respecto, la diputada del PRD, Polimnia Romana, precisó que esta norma será retroactiva.

“Para todos aquellos que levantaron la ceja cuando hablamos de no prescripción de delitos sexuales contra menores y creen que esta norma no va a aplicar en retroactivo, les aviso que en favor de las víctimas cualquier ley o decreto puede ser retroactiva”, expuso.

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