Este jueves, la (CAMe) informó que nuevamente se activó la contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM).

La CAMe activó la , ya que a las 16:00 horas del día de hoy, se registraron concentraciones máximas de ozono que superaron los 154 ppb en las estaciones de monitoreo Benito Juárez (168 ppb) e Iztacalco (155 ppb) de las Alcaldías del mismo nombre respectivamente.

Ayer por la tarde, el sistema de alta presión permitió un incremento de la intensidad del viento en el , al cambiar su centro de posición, además esto favoreció entrada de humedad y una mayor dispersión de los contaminantes. Sin embargo, en el transcurso de este día, dicho sistema meteorológico se reforzó de manera significativa, e intensificó nuevamente la estabilidad atmosférica, provocando viento variable y de intensidad débil.

La combinación de estos factores junto con la radiación solar intensa que ha incidido sobre el Valle de México provocaron el incremento de las concentraciones de ozono y calidad del aire Extremadamente Mala .

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¿Qué vehículos no podrán circular el viernes 6 de mayo?

Mañana viernes 6 de mayo, deberán suspender su circulación en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.

2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 5, 7, 9 y 0 así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras

3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado azul, terminación de placa 9 y 0

4. Los vehículos de uso particular con matrícula foránea que no porten holograma de verificación vehicular, serán considerados como holograma Dos

5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON

6. Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX

7. Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

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Exenciones

* Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento

* Vehículos que porten holograma “00” o “0” cualquiera que sea su uso, con excepción de los vehículos con engomado color azul, terminación de placa 9 y 0

* Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica (incluye vehículos con personas que asisten a la vacunación por la COVID-19 y que porten folio de cita)

* Vehículos de uso particular de trabajadores y trabajadoras del sector salud en todas sus especialidades, paramédica y administrativa con credencial vigente

* Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población

* Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental

* Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente

* Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente

* Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda

* Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.)

* Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes

* Los vehículos que formen parte del Programa Paisano y porten la autorización correspondiente

* Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.

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Restricciones de la Industria federal y local

* Las fuentes fijas de la industria manufacturera de competencia federal o local que tengan procesos que generen precursores de ozono, reducirán el 40% de sus emisiones de precursores de ozono, además deberán suspender las actividades de mantenimiento, limpieza y desengrase que generen emisiones fugitivas de COV

* La Refinería “Miguel Hidalgo” de Tula, Hidalgo, no operará a más del 75% de capacidad del total de proceso, disminuyendo la capacidad de combustión en calentadores a fuego directo y calderas en plantas de proceso y fuerza

* Reducción del 30% del consumo de combustóleo en la Central Termoeléctrica “Francisco Pérez Ríos” en Tula, Hidalgo

* Suspender las actividades de combustión relacionadas con la cocción de ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales.

Hoy a las 20:00 horas se emitirá el boletín informativo respectivo, para informar de las condiciones meteorológicas y de calidad del aire que prevalecerán en la Zona Metropolitana del Valle de México.

El lunes 2 de mayo, la CAMe emitió la Fase 1 de Contingencia Ambiental por Ozono, misma que se extendió por tres días, hasta la tarde del miércoles, cuando fue suspendida; sin embargo, hoy volvió a ser activada ya que registraron concentraciones máximas de ozono que superaron los 154 ppb.

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