Más Información
Morena prevé reasignar entre 12 mil y 15 mil mdp en el PPEF 2025; no contempla recursos extras para la SSPC
Detienen a dos implicados en la masacre de Los Cantaritos en Querétaro; cuentan con antecedentes penales
Sheinbaum: “migrantes no deben ser tratados como criminales”; trabaja en estrategia para enfrentar deportaciones
Liberación del empresario Tariácuri Hernández; la intervención de autoridades y la oración de su familia
Sheinbaum responde a José Narro Robles; "Mucha ignorancia“ calificar Universidades del Bienestar como "fraude educativo"
Guanajuato.- A una semana de las explosiones de coches bomba en los municipios de Acámbaro y Jerécuaro, la fracción parlamentaria del PRI en el Congreso Local presentó una iniciativa de ley para elevar a 40 años la pena de prisión por el delito de terrorismo en el Código Penal del Estado de Guanajuato.
El diputado Alejandro Arias Ávila señaló que no pueden seguir negando las acciones de criminales dirigidas a ocasionar miedo y terror, porque solo provoca que no se formulen políticas públicas adecuadas para prevenir y combatir acciones delictivas como las suscitadas en los días recientes.
“El nuevo secretario de Seguridad Pública federal (Omar García Harfuch) ha emitido declaraciones en diversos medios de comunicación, en el sentido de que los eventos ocurridos en esta entidad, como las explosiones de carros bomba y serie la de ejecuciones sistemáticas de policías, sólo es pelea entre diversos grupos criminales por el territorio o la droga; ¡nada más equivocado!”.
El legislador describió la serie de eventos violentos que se han registrado en Guanajuato con la finalidad de intimidar a las autoridades o evitar detenciones de criminales y reacciones después de la detención de grupos o líderes para amedrentar, resistir y disuadir acciones en materia de seguridad pública y combate al delito.
Lee también Acuerdan trabajo coordinador para seguridad
En esos eventos de violencia por la lucha territorial de grupos criminales, citó ataques a instituciones gubernamentales, funcionarios de los gobiernos estatal y municipal; la quema de comercios y ataques a civiles en bares o establecimientos mercantiles, así como la quema de vehículos, el cierre de carreteras.
Consideró absurdo negar los actos de terrorismo, puesto que no se puede tapar bajo el argumento de que esos ataques criminales carecen de motivaciones ideológicas, políticas o religiosas.
El pasado 24 de octubre se registraron en forma casi simultánea dos estallidos de autos cargados de explosivos en Acámbaro y Jerécuaro, en la zona sur del estado; en el primero de ellos tres policías resultaron lesionados y se causaron daños a viviendas y carros de civiles, así como patrullas y un edificio de Seguridad Pública.
El legislador priista hizo un reconocimiento a las autoridades por la detención de dos presuntos perpetradores de las explosiones, y además describió la propuesta de reformas y adiciones al Código Penal para agravar el castigo contra los secuestradores, acorde a lo dispuesto en el Código Penal federal.
Lee también Muere trabajador de la CFE tras ataque armado; suman dos empleados fallecidos tras agresión en Tuxtla
Ante el pleno del Congreso del Estado, dijo que en ciertas zonas o territorios existen afectaciones importantes de la economía estatal debido a que no se ha querido reconocer conductas que constituyen actos terroristas.
Asimismo, señaló que el actual tipo penal ha sido rebasado, por lo que se debe reformular e incrementar la sanción, como se ha hecho en la normatividad federal, y considerar que el delito de terrorismo no está relacionado exclusivamente con conductas del entorno político para abarcar actuaciones de la delincuencia organizada.
La propuesta de reforma al Artículo 245 del Código Penal establece de 15 a 40 años la prisión por el delito de terrorismo; sanciones para quien acuerde o prepare un acto terrorista; así como al encubridor y cuando se genere un daño o perjuicio a la economía estatal.
Se contempla la sanción para quien, utilizando explosivos, incendios, drones, armas de fuego de gran letalidad de medios tecnológicos, avanzados, de comunicación o transporte que, por sus características, resulten aptos para facilitar la ejecución de los delitos.
Asimismo, a quien realice intencionalmente actos en contra de las instalaciones de seguridad pública o su personal, oficinas o espacios públicos o privados o bien en contra de la integridad física, emocional o la vida de las personas que produzcan alarma, temor y terror en la población o en un grupo o sector de ella para atentar contra la seguridad del Estado.
afcl/mcc