Cancún.— Para vincular a proceso a Karla Odeth Vivas Medina como probable responsable del homicidio calificado del entonces secretario de Desarrollo Social de Puerto Morelos, Ignacio Nacho Sánchez, perpetrado el 24 de febrero pasado, la Fiscalía General del Estado (FGE) de Quintana Roo habría fabricado registros de investigación del caso, al presentar la declaración de un “testigo protegido” que la incrimina, pero cuya firma fue presuntamente falsificada, lo mismo que la de su supuesto defensor legal.
Además, el juez de Control Oral de Primera Instancia del Distrito Judicial de Solidaridad, Diego Emmanuel Peniche Caro, habría coartado el derecho de la imputada a desvirtuar la veracidad de esos registros presentados por la fiscalía estatal, al negarse a admitir el desahogo de medios de prueba en su descargo.
De acuerdo con el abogado defensor Diego Armando Escalante Sulub, lo anterior constituye una violación al debido proceso en agravio de la imputada, pues mientras la FGE centró su acusación en datos de prueba falsos, el juzgador la dejó sin posibilidad de demostrarlo a través de los medios prueba que la defensa pretendía desahogar.
Durante la audiencia de imputación del delito, celebrada el pasado miércoles 2 de junio, días antes de las elecciones locales, el juez de Control Oral Peniche Caro se negó a admitir los peritajes de grafología que exhiben la falsificación de ambas rúbricas, alegando que no eran pruebas “pertinentes, conducentes ni oportunas”.
Las omisiones en que habría incurrido el juez Peniche Caro llevaron al Juzgado Cuarto de Distrito, establecido en Quintana Roo, a ordenar la reposición inmediata del juicio, conforme a la resolución del amparo 730/ 2021, promovido el 22 de junio en contra del auto de vinculación.
El pasado 5 de octubre, el juez Cuarto de Distrito, Ricardo Ruiz del Hoyo Chávez, resolvió dejar insubsistente el auto de vinculación en contra de Karla Vivas, e instruyó al juez Peniche Caro a revisar el caso, esta vez enmendando las omisiones cometidas en agravio de la imputada.
Al reponerse el procedimiento se tendrá que desarrollar una audiencia que no tiene fecha, pero está próxima a celebrarse.
El juez de Control que sea encargado de dar curso al asunto, deberá dictar otra resolución que ratifique la dictada por el juzgador Peniche Caro o negar el auto de vinculación, si se comprueba la fabricación de testigos por parte de la fiscalía.
El amparo, consultado por esta casa editorial, indica que, en caso de confirmarse la vinculación a proceso, deberá precisarse el grado de participación de Karla en el delito que se le imputa, ya que existe una indefinición sobre si fue autora intelectual o material del homicidio de Nacho Sánchez.
El homicidio
De acuerdo con la carpeta de investigación, cuya copia fue revisada por este medio, la principal prueba de la fiscalía de Quintana Roo en contra de Karla Vivas es la declaración de un “testigo protegido”, quien, antes de adquirir esa calidad, fue detenido por delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo.
El 25 de mayo, al ser interrogado, Juan D.P.M. se negó a declarar sobre los motivos de su captura, pero se mostró solícito para, “espontáneamente”, hablar sobre el asesinato de “un político” de Puerto Morelos.
“No es mi deseo declarar por cuanto a los hechos por los cuales me detuvieron, pero una vez que tuve una plática con mi defensor, es mi deseo dar información respecto a unos homicidios que sucedieron en Puerto Morelos, uno donde mataron al candidato Nacho a mediados de febrero de este año y otro donde atacaron a su esposa del muerto Nacho, de nombre Blanca, que también es candidata”, se lee en la declaración que le es atribuida en el expediente.
Ese político era Ignacio Josafat Sánchez Cordero, de 43 años, originario de Yucatán, secretario de Desarrollo Social y casado con Blanca Merari Tziu Muñoz.
Se le consideraba virtual candidato a la presidencia municipal de Puerto Morelos por el PVEM en coalición con Morena, entre otros partidos.
Las firmas y el “testigo protegido”
Según obra en la carpeta de investigación, Juan D.P.M. —el “testigo protegido”— relató que había presenciado una reunión a mediados de febrero, en una “casa de seguridad” en el fraccionamiento Vista Real, a la que supuestamente llegó una mujer de complexión robusta, de aproximadamente 40 años, a la que llamaban La Tía, quien para despejarle el camino a su hermana (Yazmín) ofreció 300 mil pesos a sus patrones para matar a Nacho.
“Al día siguiente me enteré por mis patrones que se habían chingado al candidato Nacho y andaban festejando por ese desmadre”, se asentó en el expediente como parte de la declaración de Juan.
Según esa misma versión, a finales de abril, sus jefes y La Tía decidieron que también había que “chingarse a la viuda”, es decir, a Blanca Merari, quien obtuvo la candidatura del PVEM y actualmente es presidenta municipal de Puerto Morelos .
El 28 de mayo Karla Vivas fue detenida, en cumplimiento de una orden de aprehensión librada por un juez de Control en su contra y en contra de los alias 14, 15 y 18, identificados con las iniciales F.H.Z.C; H. E. F. A; y O. D. C., “por delitos en agravio de la vida de Ignacio Sánchez Cordero”.
En contra de Karla se usó también una grabación telefónica en la que se le escucha conversar con otro hombre, amigo suyo. A decir de su abogado y su hermana Yazmín, el audio fue alterado y sacado de contexto.
Oficialmente la declaración de Juan D.P.M. fue atestiguada, de manera presencial, por el defensor público D.S.H, según obra en el expediente consultado, donde figura hasta su nombramiento.
Sin embargo, D.S.H. niega haberlo asistido como defensor y acusa que su firma en los documentos fue falsificada.
Incluso, dice no haberle visto en su vida y estar impedido legalmente para asistir a testigos protegidos, pues sólo puede abogar por imputados.
Testimonios y peritajes desestimados
El abogado de Karla quiso presentar el testimonio de D.S.H. como medio de prueba durante la audiencia de vinculación, pero el juez de Control, Peniche Caro, consideró que no reunía el requisito de pertinencia.
Tampoco quiso admitir el peritaje grafológico de Omar David Soriano Hernández, registrado en el padrón de peritos del Poder Judicial del estado, el cual confirma la falsificación de la firma de D.S.H. y la del propio Juan, demostrando que sus rúbricas, plasmadas en los registros de investigación, no coinciden.
“Se determina que no existen, similitudes, concordancias y correspondencia de características generales, estructurales y morfológicas de suscripción de firma dubitada y firmas indubitadas de quien dice ser D.S.H, por lo tanto que las firmas estudiadas no corresponden al origen y gesto gráfico de la misma persona”, se lee en el dictamen.
En la misma audiencia el Ministerio Público, en representación de la Fiscalía, también se opuso, alegando que “apenas se enteraban” que se pretendía incorporar ese testimonio, lo cual estaba fuera de tiempo.
De acuerdo con el abogado defensor Escalante Sulub, el juez se negó a dar entrada a los medios de prueba, el testimonio y el peritaje, pese a ser conducente, pertinente e idóneo, porque le hubiese tirado el caso a la Fiscalía, al revelarse que la institución presentó datos de prueba falsos.
“En pocas palabras, el juez optó por dejar sin defensa a Karla, al declarar no admisibles los medios y datos de prueba ofrecidos”, señaló.
El cateo a la “casa de seguridad”
Otra irregularidad en el caso la constituye la “casa de seguridad” en donde supuestamente se pactó el crimen de “Nacho”, un inmueble que, contrario a lo que la Fiscalía consigna como declaración de Juan, es propiedad de un par de adultos mayores, quienes lo habitan desde hace años y no lo desocuparon o rentaron temporalmente en la fecha de la supuesta reunión.
El inmueble fue cateado, de acuerdo a la versión que el par de adultos mayores dio a los abogados.
“Nos dijeron que hasta le reclamaron a la Fiscalía el pago del portón que desmontaron para ingresar al sitio, en donde no encontraron ninguna evidencia que pudiera fortalecer la declaración del testigo protegido”, manifestó Escalante Sulub.
En el fraccionamiento, vecinos del lugar confirman que autoridades realizaron un operativo en el inmueble, que no luce sellos de aseguramiento ni está acordonado como ocurriría con una “casa de seguridad” o la escena que forma parte de una investigación.
Las dos personas que habitan la vivienda tampoco han sido entrevistadas por la autoridad ministerial, a efecto de rendir una declaración sobre la situación del inmueble, cuyo cateo tampoco figura en la carpeta de investigación.
“Con todo lo anterior estoy convencido de que se tiene que negar el auto de vinculación a proceso y Karla debe quedar libre. De no ser así, me queda claro que hay línea, es decir, una instrucción de muy arriba para perjudicarla, lo cual es difícil de demostrar.
“Desde la audiencia inicial se contaba con las pruebas para desarmar la acusación de la Fiscalía, pero el juez no quiso admitirlas, indebidamente, pues reunían los requisitos de ley para ser incorporadas”, sostuvo el abogado.
La detención
La detención de Karla Vivas tampoco estuvo exenta de anomalías. En una entrevista publicada el 3 de junio por EL UNIVERSAL, su hermana Yazmín relató que estaba terminando de grabar material para la campaña junto con su hermana, cuando ésta se ofreció a ir por comida, en compañía de un fotógrafo y la persona que llevaba su agenda.
En el camino, fueron interceptados, a las 12:20 horas, por dos vehículos particulares que les cerraron el paso en el acceso entre Puerto Morelos y la colonia Joaquín Zetina Gasca, mientras llegaban las patrullas.
La policía llegó y los particulares se fueron. Para justificar la acción, los agentes dijeron a Karla y compañía que estaban conduciendo a exceso de velocidad, le pidieron bajar del auto y le comunicaron que sería revisado.
Karla descendió, pero fue sometida y esposada. Aunque existía una orden de aprehensión, su hermana asegura que no fue exhibida. La ingresaron a la patrulla, mientras dos agentes subieron a la parte trasera de su vehículo y ordenaron a sus dos acompañantes -encañonados- conducir hasta las instalaciones de Seguridad Pública del estado, en Cancún.
Ahí, Karla fue hostigada y llamada “asesina” por los policías estatales; sus acompañantes fueron esposados, les vendaron los ojos y les llevaron a una oficina.
Esa parada en las instalaciones de la policía estatal, no figura en el expediente. A las 17:47 horas Karla fue presentada en la cárcel. Al otro par le llevaron al Ministerio Público hasta las 21:45 horas, alegando faltas administrativas, conducir indebidamente y faltarle el respeto a los oficiales.
Ese mismo viernes se filtró la detención de Karla, como “la autora intelectual del homicidio de ‘Nacho’ Sánchez”, asegurando que iba armada.
EL UNIVERSAL buscó a la Fiscalía de Quintana Roo sobre el tema pero no hubo respuesta.
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