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SCJN declara validez de Programa de Manejo de área protegida de Yum Balam, Quintana Roo

Dicho programa prohíbe la construcción de cuartos hoteleros y desarrollos turísticos e inmobiliarios en la llamada Isla Grande de Holbox, en donde ejidatarios y poderosos empresarios presionan desde hace una década para desarrollar la zona

Foto: Especial
29/09/2021 |16:47Adriana Varillas / Corresponsal |
Adriana Varillas
Corresponsal en Quintana RooVer perfil

Cancún.- Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró procedente pero infundada la controversia constitucional 212/ 2018, promovida por el en contra del Programa de Manejo del Área Natural Protegida (ANP) de Yum Balam, en Quintana Roo , por lo cual sobreseyó el asunto y declaró la validez de dicho instrumento.

El proyecto sometido a votación fue elaborado por la ministra ponente, Norma Lucía Piña Hernández, en torno a la controversia promovida por el gobierno municipal de Lázaro Cárdenas, presidido por el aún alcalde Nivardo Mena, en contra del Programa de Manejo de Yum Balam, que abarca la isla de Holbox, publicado el cinco de octubre de 2018 en el Diario Oficial de la Federación (DOF)

Las y los ministros de la Primera Sala Ana Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Mario Pardo y la propia ponente, votaron a favor del proyecto, que declara la validez del Programa de Manejo y sobresee la controversia constitucional, al considerarla infundada.

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Dicho Programa de Manejo prohíbe la construcción de cuartos hoteleros y desarrollos turísticos e inmobiliarios en la llamada Isla Grande de Holbox, en donde ejidatarios y poderosos empresarios -neo ejidatarios- presionan desde hace una década para desarrollar la zona.

El Programa de Manejo -instrumento rector en el ANP, decretada como tal, el seis de junio de 1994- permite la edificación solo de hasta 800 alojamientos tipo palafitos en el mar, pese a que los empresarios y otros sectores productivos presionaban para autorizar una densidad de casi 22 mil cuartos, nueve mil de ellos en la Isla Grande de Holbox y el resto en la zona continental, en Chiquilá.

Este instrumento que el ayuntamiento pretendía revocar a través de la Corte, establece que el 99.6 por ciento de los espacios naturales y el hábitat de la flora y fauna de Isla Grande, está sujeto a conservación.

Sus reglas generales prohíben introducir envases desechables a Holbox, PET, unicel y bolsas de plástico; no se permite la construcción de pistas aéreas, campos de golf ni grandes desarrollos; tampoco las descargas residuales en el mar, ni dañar los arrecifes coralinos, pastos marinos, las playas, dunas, ni los manglares.

Empresarios que se consideran afectados por las restricciones al desarrollo en Isla Grande, promovieron también 25 amparos en contra del Plan de Manejo y del propio decreto de la ANP, lo que a juicio del titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), Roberto Aviña, distrae a las autoridades de asuntos de mayor relevancia.

El funcionario se pronunció así el 18 de junio en Kantunilkin, durante la sesión del Consejo Asesor de Yum Balam, en donde empresarios, ejidatarios y ex funcionarios municipales que asesoran al ayuntamiento, insistieron en modificar el Programa de Manejo para autorizar la densificación de Isla Grande.

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afcl

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