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Cuernavaca, Mor.- El Gobierno de Tlaxcala, a través de las diferentes dependencias de seguridad pública e impartición de justicia, revictimizó a una mujer víctima de feminicidio, tras exhibirla semidesnuda y rodeada de policías, en redes sociales institucionales, minutos después de que un hombre la atacó con un arma punzocortante hasta provocarle la muerte.
El feminicidio ocurrió entre la mañana ayer en la comunidad de Villalta, municipio de Tepetitla, dentro de un local de comida corrida ubicado sobre la carretera federal San Martín-Tlaxcala, donde según un informe de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), la mujer identificada como Gloria N., sostuvo una discusión "con su expareja" , un hombre conocido como Francisco N., quien la agredió, a ella y otras dos mujeres, con un “arma blanca” que le provocaron heridas y la muerte.
Durante la agresión, también resultaron lesionadas la hija y la nieta de Gloria N. , quienes en su momento fueron trasladadas a un hospital para su atención médica, en tanto, Francisco N., el agresor o feminicida, intentó escapar, pero los vecinos del lugar lo retuvieron y luego lo entregaron a las autoridades.
Autoridades estatales usaron foto de víctima para difundirla en redes
El Gobierno estatal usó la imagen de Gloria N., víctima de feminicidio, para difundirla en las redes sociales oficiales de la Comisión Ejecutiva del Sistema Estatal de Seguridad Pública (CESESP), con mención a la PGJE y a la Policía Estatal, y presumir que Tlaxcala es un estado seguro.
“La CESESP Tlaxcala trabaja por un #TlaxcalaSeguro”, fue el mensaje que publicó la dependencia local en la red social de Facebook, acompañado con tres fotografías entre las que aparece con la imagen de la víctima de feminicidio semidesnuda, tirada en el piso mientras es auxiliada por policías, y se aprecian manchas de sangre.
La publicación fue replicada por el titular de CESESP, Max Hernández Pulido , quien en la red social informó que la PGJE inició una investigación por los hechos en los que fue asesinada la mujer.
“Informo que la Procuraduría General de Justicia de Tlaxcala ya investiga los hechos ocurridos este domingo en el municipio de Tepetitla, donde una mujer murió tras participar en una riña. En atención oportuna a una llamada al 9-1-1, la Policía Estatal de Tlaxcala SSC y la policía municipal lograron la captura de un hombre identificado como Francisco N. La CESESP Tlaxcala trabaja por un #TlaxcalaSeguro”, escribió el funcionario.
Para el funcionario, la mujer "murió tras participar en una riña", argumento que viola los principios de buena fe y de no criminalización, previstos en el artículo 5 de la Ley General de Víctimas.
El primer principio dice que “los servidores públicos que intervengan, con motivo del ejercicio de derechos de las víctimas, no deberán criminalizarla o responsabilizarla por su situación de víctima”; la no criminalización se refiere a que “las autoridades no deberán agravar el sufrimiento de la víctima ni tratarla, en ningún caso, como sospechosa o responsable de la comisión de los hechos que denuncie”.
Ley Ingrid
También, de acuerdo con la Ley General de Víctimas, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la reforma al Código Penal Federal, conocida como la Ley INGRID, el uso, publicación y divulgación, por parte de dependencias del Gobierno de Tlaxcala, de la fotografía en la que aparece Gloria N., en la escena de un crimen, implica revictimización tanto para ella, como víctima directa de feminicidio, como para sus familiares y allegados, en calidad de víctimas indirectas del delito.
La Ley General de Víctimas, en su artículo 5, señala que bajo el principio de “máxima protección”, las autoridades de todos los órdenes de gobierno “adoptarán, en todo momento, medidas para garantizar la seguridad, protección, bienestar físico y psicológico e intimidad de las víctimas”.
Mientras que, en acato al principio de victimización secundaria o revictimización, el Estado no podrá exigir o establecer mecanismos o procedimientos que agraven la condición de la víctima, ni que obstaculicen e impidan el ejercicio de sus derechos ni la expongan a sufrir un nuevo daño por la conducta de los servidores públicos.
Según la misma norma, las víctimas tienen derecho a la protección del Estado, incluido el bienestar físico y psicológico y la seguridad del entorno con respeto a la dignidad y privacidad de la víctima, con independencia de que se encuentren dentro de un procedimiento penal o de cualquier otra índole.
“Lo anterior incluye el derecho a la protección de su intimidad contra injerencias ilegítimas”, cita la Ley General de Víctimas.
En tanto, la Ley INGRID tipifica de manera autónoma las conductas que realicen las personas o servidores públicos que de manera indebida revelen o difundan, imágenes, videos o grabaciones, así como archivos o información vinculada a un procedimiento penal o investigación de un hecho delictivo. Esta reforma también combate la violencia mediática de género y su normalización, mediante la inhibición de la exposición de las personas ante los medios de comunicación para proteger la intimidad y dignidad de las víctimas y sus familiares.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece que la divulgación de información e imágenes de las víctimas de algún delito constituye una lesión a la dignidad de la persona y la memoria de las víctimas.
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