Oaxaca de Juárez.- Tras casi mes y medio de espera, el 4 de diciembre pasado, el Registro Civil de Oaxaca otorgó la primera acta de nacimiento a la hija de una pareja lesbomaternal , pero como resultado de una lucha legal en el que se interpuso un amparo.
El pasado 22 de octubre, Andrea y Gabriela comenzaron un camino para que se reconociera su derecho a formar una familia lesbomaternal. Ese día ambas acudieron al Registro Civil en la ciudad de Oaxaca , para presentar la solicitud para registrar a su hija y así obtener su acta de nacimiento.
No obstante, el 26 de octubre el Registro Civil les respondió que no era procedente su solicitud al tratarse de una pareja del mismo sexo, pese a que la entidad el matrimonio igualitario es legal desde 2019.
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Tras la negativa, y acompañadas de la organización México Igualitario, las madres presentaron un amparo, mismo que actualmente continúa en proceso.
Este lunes, México Igualitario informó que el acta de nacimiento le fue entregada a ambas madres.
La organización ha acompañado a cuatro familias lesbomaternales en Aguascalientes, Hidalgo, Tabasco y ahora Oaxaca, mismas que “han dado la batalla para el reconocimiento de sus familias y erradicar la discriminación y lesbofobia en las instituciones”, señaló.
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De acuerdo con Christian Hernández Fuentes, director general del Registro Civil de Oaxaca, durante 2020 se realizaron ocho matrimonios igualitarios ; en parte porque el Covid-19 detuvo los trámites de matrimonio en toda la entidad desde de marzo.
Consultado por EL UNIVERSAL sobre el caso de la familia lesbomaternal que denunció públicamente que en una oficialía se les negó el registro de una niña como hija de ambas, el funcionario señaló que por el momento en Oaxaca solamente están legislados los derechos de matrimonio igualitario, así como el cambio de identidad de género, pero el Código Civil estatal, todavía no contempla el tema de la adopción homoparental o lesbomaternal de menores.
Abundó que, en estos casos, las parejas tienen que acudir ante un juez a promover un amparo, y si éste emite una resolución a favor el Registro Civil deberá admitir el registro del menor en cuestión, tal como ocurrió en el caso de Andrea y Gabriela.
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