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Prohibición para usar elementos mayas no se ha ejecutado porque proceso sigue abierto: Xcaret

Grupo Xcaret aseguró que se tiene “la firme convicción” de acatar la ley y añadió que siguen las conversaciones con el Indautor con el objetivo de lograr acuerdos

Foto: Especial
01/06/2023 |16:42
Adriana Varillas
Corresponsal en Quintana RooVer perfil

Cancún.- El informó que la queja que enfrenta ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) por probables violaciones al derecho de autor, sigue en marcha, por lo cual las medidas cautelares que le ordenan retirar elementos mayas de sus productos, servicios y publicidad, no se han ejecutado.

El pasado 20 de diciembre, el Indautor emitió una resolución que establece una serie de medidas precautorias que la empresa debe acatar, pero cuya ejecución carece de fecha y está condicionada a que la compañía acredite “la legalidad de sus actos”.

La resolución es resultado de una queja presentada por personas que se acreditaron como integrantes del Gran Consejo Maya, reclamando el “uso indebido de elementos del patrimonio cultural”, infringiendo así la Ley Federal de Protección al Patrimonio Cultural de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, como publicó ayer .

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La acusación se basó en que Xcaret hace un “uso intensivo y de explotación mercantil” de la cultura maya y de sus elementos, a través de sus productos y servicios, lo cual es indebido a partir del 18 de enero del 2022, fecha en que se promulgó la citada ley.

Entre esos elementos están la lengua maya, objetos, artesanías, vivienda, vestimenta, prácticas, usos y costumbres, tradiciones y elementos de la cultura maya, así como rituales, ceremonias, festividades y lugares ceremoniales.

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Al respecto, el Grupo Xcaret expuso hoy a este medio que dicha ley, que regula la relación entre cualquier entidad que utilice rasgos propios de culturas y pueblos originarios en su objeto comercial o de negocios, “es nueva” y por tanto la empresa se encuentra en proceso de análisis” sobre lo que mandata.

También señala que el proceso hace referencia al uso de “algunos símbolos de la cultura maya”, pero destaca que no existe definición sobre el catálogo de símbolos y si la queja es procedente.

Aseguró que se tiene “la firme convicción” de acatar la Ley Federal de Protección al Patrimonio Cultural de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, y añadió que siguen las conversaciones con el Indautor, con el objetivo de lograr acuerdos entre las partes interesadas conforme a lo que establece el marco legal mexicano.

El 11 de enero de este año el Grupo Xcaret fue notificado sobre el establecimiento de las medidas precautorias. En medio de ese diálogo con el Indautor, el consorcio fundado por el empresario Miguel Quintana Pali, se amparó ante el Juzgado Tercero de Distrito, contra resolución de la institución.

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El amparo con número de expediente 92/ 2023, consultado por este medio, fue desechado de plano por la jueza, Ana María Nava Ortega, el 14 de febrero.

La juzgadora lo consideró improcedente, además de señalar que las medidas cautelares del Indautor no le producen a Xcaret “una afectación en la esfera de derechos”, toda vez que dichas medidas no se habían materializado, es decir, no se habían ejecutado aún.

Inconformes con la resolución de la jueza, el Grupo Xcaret presentó un recurso de queja con número 64/ 2023, atendido por el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito.

El Tribunal Colegiado declaró infundado e inoperante el recurso de queja el 25 de mayo, al considerar “infundados los agravios expuestos” por la compañía.

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En su exposición, el Tribunal coincidió con el razonamiento del Juzgado Tercero, al señalar que las medidas cautelares no se han ejecutado, porque en la resolución del Indautor no hay fecha de aplicación, y ésta depende de que Xcaret “acredite la legalidad de sus actos; por lo que de hacerlo no se ejecutará”.

Xcaret confirmó lo publicado por este diario en cuanto a que el fallo del Tribunal no se refiere a que puedan usar o no elementos de la cultura maya, sino a los motivos del desechamiento del amparo por parte del Juzgado Tercero, debido a que las medidas cautelares dictadas por el Indautor no se han ejecutado y, por tanto, no hay afectación a la compañía.

En el fallo, el Tribunal aclara al consorcio que será hasta que esas medidas cautelares se ejecuten –es decir, la prohibición de publicitarse, comercializar y usar elementos mayas en sus productos y servicios– que podrán presentar un amparo, al haber una afectación “actual y real”.

En sus alegatos ante el Juzgado Tercer y el Tribunal, el Grupo Xcaret subrayó que, la sola existencia de las medidas cautelares le causa ya una afectación, pero el Tribunal Colegiado señaló en su fallo que incluso “existe la posibilidad” de que esas medidas no se apliquen, si la empresa acredita “la legalidad de sus actos”.

La empresa refrendó que, al momento, la prohibición del Indautor para que hagan uso de los elementos mayas en sus productos, servicios y publicidad, como parte de las medidas precautorias establecidas en la resolución del Indautor, no se ha materializado, toda vez que sigue el proceso administrativo para revisar el caso con dicha institución y que se resuelva de fondo.



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afcl

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