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Ciudad Victoria.- En Tamaulipas, el orden de los apellidos en un acta de nacimiento podría establecerse ¡por sorteo!, según una iniciativa de decreto que presentó el diputado de Morena, Juan Vital Román.
Al presentar la propuesta, en la sesión ordinaria del Congreso del Estado, del pasado 30 de octubre, el legislador argumentó que actualmente se coloca el apellido del padre y después el de la madre, lo que constituye una situación discriminatoria y atenta contra el derecho de igualdad.
Por ello, plantea la reforma al artículo 62 del Código Civil del Estado de Tamaulipas.
“En el acta de nacimiento se deberá asentar el nombre de la madre y/o padre que lo reconozcan como propio, sin importar si se encuentran casados o no”, indica la propuesta de Juan Vital Román.
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Y añade que, “el nombre del registrado estará constituido por el que se elija, así como por uno de los apellidos del padre y uno de los apellidos de la madre, en el orden que decidan de común acuerdo. En caso de que no exista acuerdo entre los progenitores, las y los Oficiales del Registro Civil, establecerán el orden de los apellidos mediante sorteo”.
El diputado morenista recordó en tribuna que el Cuarto Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo en revisión 186/2021 concluyó que el no permitir que el registro de una persona esté conformado por el nombre propio después del apellido paterno del padre y enseguida el apellido materno de la madre, restringe injustificadamente el derecho fundamental a la vida privada y familiar, que comprende el derecho de los padres a decidir el nombre de sus hijos, incluyendo la elección de cuál de sus apellidos conformará el nombre de sus descendientes; además de que se trata de una medida discriminatoria por razón de género, que pretende perpetuar la situación de superioridad del hombre en las relaciones familiares.
La iniciativa del diputado Juan Vital Román fue turnada a las comisiones unidas de Estudios Legislativos y de Igualdad de Género, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.
afcl