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Cuernavaca.— Las dos solicitudes de juicio político en contra del exgobernador Graco Ramírez y otros exfuncionarios de la administración 2012-2018 serán sometidas a discusión del pleno del Congreso de Morelos, para deliberar si son procedentes o no la peticiones, luego de que fueron ratificadas por el Ejecutivo estatal, declaró la coordinadora de la Junta Política y de Gobierno, Alejandra Flores Espinoza.

La también lideresa de la bancada morenista recordó que el 27 de septiembre, el consejero jurídico del Gobierno estatal, Samuel Sotelo Salgado, entregó dos solicitudes de juicio político contra del exmandatario Graco Ramírez, su exsecretario de Hacienda, Jorge Michel Luna, y la excontralora Adriana Flores Garza.

Ello por causales de omisión al no transferir en tiempo y forma el recurso autorizado a la Fiscalía General del Estado (FGE), que a criterio del denunciante, afectó las funciones de la institución en torno a la investigación, prevención del delito, asesoría legal y garantizar el debido proceso, entre otras afectaciones.

La segunda solicitud fue por no otorgar los recursos aprobados en el Legislativo al Instituto Morelense de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) en pleno proceso electoral, lo que en la denuncia se considera como una transgresión a la autonomía y operatividad del Instituto.

Flores Espinoza explicó que tras ser ratificadas las solicitudes se dará cuenta al pleno y se turnará a la Junta Política para establecer la procedencia o improcedencia de las mismas, si reúne los requisitos acordes a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado.

A partir de entonces correrán 30 días hábiles para dar a conocer el avance sobre el tema. Las sanciones pueden ir desde una pena económica hasta la inhabilitación, según la comprobación de los delitos.

El consejero jurídico señaló que “la caja entregada al Congreso contenía documentales certificadas que fueron proporcionadas por las áreas correspondientes. Y si bien el juicio político no deriva en cárcel, sí faculta a la autoridad a dar vista al Ministerio Público para que, de existir conductas delictivas, también se pueden sancionar en dicha instancia”.

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