Oaxaca de Juárez.- La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de emitió una primera resolución dirigida a la Secretaría General de Gobierno ( Segego ) y a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca ( FGEO ) con respecto al caso de Bruno Alonso Avendaño Martínez, elemento activo de la Secretaría de Marina ( Semar ) que desapareció el 10 de mayo de 2018 y cuyo cuerpo apareció 10 meses después.

En el caso de la fiscalía local, la DDHPO le pide que realice siete acciones, entre ellas la reparación integral del daño a la familia del soldado, en un plazo máximo de 60 días después de aceptada la resolución, así como el reconocimiento de la responsabilidad del Estado en este caso y una disculpa pública a las víctimas.

La resolución forma parte del procedimiento que la defensoría debe realizar en estos casos; no obstante, si las acciones solicitadas no son cumplidas por las instituciones a las que están dirigidas, será emitida una recomendación, aclararon fuentes de la DDHPO a .

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En el caso de la Segego, se le pide que inscriba a Bruno Avendaño y a las demás víctimas indirectas en el Registro Nacional de Víctimas, a efecto de que tengan acceso a los derechos y beneficios previstos en la Ley General de Víctimas y la Ley de Víctimas del Estado de Oaxaca.

“Misma que deberá efectuarse dentro de los siguientes sesenta días contados a partir de notificado el presente documento, remitiendo a esta Defensoría las constancias de su cumplimiento”, señaló la institución en una tarjeta informativa.

El caso de Bruno ha sido retomado desde el activismo por su hermano, Lukas Avendaño, persona muxe que se dedica al arte del performance, quien en primera instancia se dedicó a buscar a su familiar y posteriormente a exigir justicia ante diversas instancias nacionales e internacionales.

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En mayo pasado se cumplieron cuatro años de la desaparició de Bruno, sin que su familia obtenga justicia, en un proceso que además estuvo lleno de irregularidades, responsabilidad de diversas instituciones, desde la FGEO hasta el Registro Civil.

Dichas acciones constituyen violaciones a los derechos humanos y están documentadas por la DDHPO en el expedidente DDHPO/052/RI/(21)/OAX/2018.

Por ello, la defensoría pidió a la fiscalía que inicie y concluya un procedimiento administrativo de responsabilidad en contra de J.M.R., agente del Ministerio Público y en su caso se impongan las sanciones que procedan.

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También que instruya a quien corresponda para que el agente del MP realice actuaciones que en lo sucesivo se rijan “bajo los principios de Legalidad, Objetividad, Eficiencia, Eficacia, Profesionalismo, Honradez, lealtad y respeto irrestricto a los Derechos Humanos”.

La tercera propuesta es para que en un plazo de sesenta días hábiles, contando a partir de la aceptación de la resolución, se realice la reparación integral del daño, que incluya atención psicológica y la cuantificación de los daños y perjuicios generados.

“Como parte de la reparación integral del daño, se realice como medida de no repetición, iniciar procesos de formación a los Agentes del Ministerio Público, así como a elementos de la Agencia Estatal de Investigación en materia de desaparición de personas, a efecto de que conozcan los protocolos a implementar en casos similares que en lo subsecuente se presenten en esa Fiscalía a su digno cargo, con la finalidad de evitar que en lo subsecuente se cometan violaciones como las que fueron estudiadas en esta resolución”.

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También pide que se realicen de manera constante procesos de formación en materia desaparición forzada y de derechos humanos y en relación con las funciones que tienen los peritos de esa Institución, tendientes a su profesionalización y actualización técnica y científica, a fin de que sus dictámenes reúnan los estándares requeridos en cada rama del conocimiento científico en la que se desenvuelvan y con ello darle solidez a los peritajes.

Finalmente, la DDHPO solicitó a la fiscalía que dentro de un plazo de treinta días hábiles, contando a partir de la aceptación de la resolución, se realice un acto público de reconocimiento de responsabilidad del Estado y una disculpa pública a las víctimas.

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aosr

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