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Partidos estarán obligados a la paridad de género en NL

El Consejo General de la Comisión Estatal Electoral aprobó que en las formulas que registren los partidos para el proceso electoral 2018 no podrá haber más del 50% de aspirantes de un mismo género

22/11/2017 |18:51
Redacción
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La Comisión Estatal Electoral (CEE) resolvió que en las fórmulas que registren los partidos políticos para la elección de diputados locales y ayuntamientos, en los comicios del primero de julio de 2018, no podrá haber más del 50 por ciento de aspirantes de un mismo género.

En sesión extraordinaria de este miércoles, el Consejo General de la CEE aprobó los lineamientos de registro de candidaturas para el proceso electoral 2017-2018 cuando, a la par del proceso federal para renovar la Presidencia de la República y el Congreso de la Unión, en la entidad se elegirán 26 diputados locales de mayoría, así como 16 de representación proporcional y plurinominales o de lista.

En los referente a las diputaciones, la CEE estableció que se deben generar dos bloques de 13 distritos cada uno, listándolos en prelación conforme a porcentajes de votación, a fin de postular al menos seis fórmulas de un género distinto en cada bloque, y que no se postule a mujeres por distritos donde el partido en cuestión haya registrado derrotas o bajos porcentajes en comparación con los que sean asignados a representantes del sexo masculino.

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Para ello se tomarán en cuenta los resultados de la anterior, las dos o hasta las tres últimas elecciones de diputados locales. En lo que concierne a la renovación de ayuntamientos, los partidos o coaliciones deberán garantizar la paridad horizontal, al registrar un 50 por ciento de las postulaciones con aspirantes a la alcaldía de cada género, con la salvedad de que al ser impar el número de registros, el partido decidirá el género de la postulación excedente.

En cuanto a la paridad vertical de las planillas de ayuntamientos, la CEE resolvió que en ningún caso la postulación de candidaturas a regidurías y sindicaturas, deberá contener más del 50 por ciento de aspirantes propietarios de un mismo género, y cuando la cifra de registros de una planilla sea impar, el género que exceda por uno, será diferente al sexo del aspirante que ocupe la candidatura a la presidencia municipal.

Para efectos de equidad cuando sea el caso del reparto de regidurías y sindicaturas de representación proporcional, la integración de las planillas se alternarán con un representante de cada género.

Asimismo, dado que a partir de esta elección se permitirá la reelección de alcaldes, y en la zona metropolitana sólo hay una mujer como presidenta municipal, Clara Luz Flores, en Escobedo, por cuatro varones panistas (San Nicolás, Santa Catarina, San Pedro y Cadereyta), cuatro priístas (Monterrey, Guadalupe, Apodaca y Benito Juárez), y un independiente en García, los partidos deberán compensar esa preminencia masculina, postulando más mujeres en los restantes municipios, hasta que haya equidad de género.

El registro de candidatos de acuerdo a la ley estatal electoral, es del 12 de marzo al 5 de abril de 2018. Asimismo, cabe mencionar que funcionarios que fueron electos en 2015 y aspiran a una diputación local o a cargos de ayuntamientos, pueden reelegirse por el mismo partido, por una candidatura independiente o por otra entidad política.

Pero aquellos que busquen competir por un instituto político distinto al que los postuló en 2015, en caso de aspirar a una diputación local, debieron renunciar a su militancia a más tardar el 28 de febrero de 2017; y para cargos de ayuntamientos, el 29 de abril de 2017.

afcl

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