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Mujer obtiene en Cancún amparo federal para acceder al aborto sin ser criminalizada

El amparo ­820/ 2021 fue otorgado por el Juzgado Tercero de Distrito el pasado 3 de enero, a una joven que radica en Cancún y no está embarazada

Foto: Adriana Varillas/ EL UNIVERSAL
26/01/2022 |10:57Adriana Varillas / Corresponsal |
Adriana Varillas
Corresponsal en Quintana RooVer perfil

Ante la resistencia del Congreso local para adecuar el marco legal, bajo los criterios fijados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en materia de autonomía reproductiva, una mujer en obtuvo un amparo federal para poder practicarse un aborto sin ser criminalizada, lo cual abre la puerta para que otras ciudadanas del estado accedan a esa vía, informó la organización Gobernanza Mx.

El amparo ­820/ 2021 fue otorgado por el Juzgado Tercero de Distrito el pasado 3 de enero, a una joven que radica en Cancún y no está embarazada.

Es también el segundo en el país, luego del ganado en Nuevo León, en noviembre de 2021 y uno de los cuatro que se presentaron en Quintana Roo y están en trámite.

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En conferencia de prensa, Mariana Belló, de Gobernanza Mx, explicó que la joven decidió abonar a una estrategia impulsada por la organización Unasse, en México, para eliminar los obstáculos legales que obstaculizan el acceso a decidir de las mujeres, debido a las resistencias de las y los legisladores para modificar el Código Penal.

“Es muy interesante la estrategia. En la exposición de motivos, esta mujer relata que aún sin estar embarazada y en situación de requerir un aborto, el solo hecho de tener un código penal criminalizante afecta potencial y emocionalmente su capacidad de desarrollarse libremente y de ejercer su autonomía”, expresó Belló.

La resolución del Juzgado es una sentencia firme, es decir, no puede debatirse legalmente y nace de una demanda de amparo en contra de los artículos 1, 4 y 16 de la Constitución mexicana; de los artículos 92, 93 y 97 del Código penal; el 1 y 2 de la Convención Americana de los Derechos Humanos; el 7 de la Convención Interamericana para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y de varios actos de autoridad del gobernador y del Congreso, que criminalizan el aborto.

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“A partir de los precedentes de la Corte en materia de autonomía reproductiva y su relación con el acceso al aborto, la sentencia declara que es inconstitucional el articulo 93 de la constitución del estado”, se expuso.

Ante la reiterada negativa del Congreso para discutir y dictaminar sobre las iniciativas para d espenalizar el aborto en Quintana Roo, Silvia Chuc dijo que desde Gobernanza Mx se hace un nuevo llamado a la autodenominada “legislatura de la paridad”, a respetar los derechos humanos de las mujeres o asumir el costo político que implicaría terminar su periodo con importantes pendientes en la materia.

Y advirtió que, como parte de sus estrategias jurídicas, solicitarán a la SCJN que intervenga y evalúe la legislación en el estado, que sigue sin ser modificada conforme a los criterios que este máximo tribunal estableció.

Para presentar el amparo se requirió de la asesoría de abogadas de Unasse. Amelia Ojeda, de esa organización, explicó que van 10 estados en donde presentan este tipo de demandadas, las cuales van en contra de la inconstitucionalidad de los artículos que tipifican al aborto como un delito.

Alex Ali Méndez, de Unasse, señaló que la XVI Legislatura tiene la oportunidad de modificar el marco legal, pero aún resistiéndose, las mujeres en Quintana Roo ya cuentan con una herramienta efectiva para defenderse de su omisión: El amparo, por lo que tengan o no la urgencia de suspender voluntariamente su embarazo, no tienen que esperar a que el Congreso haga su trabajo.

Si una mujer acude a los servicios de Salud para solicitar un aborto, sin estar amparada y aún con el marco legal vigente, éste debe serle facilitado.

“El gobernador, el secretario de Salud… ya tienen la obligación de trabajar para garantizar el ejercicio de ese derecho, mas allá del amparo”, reiteró, al advertir que, de negarse, incurrirían en una violación a los derechos humanos y estarían sujetas o sujetos a responsabilidad.

“La obligación ya surgió a partir de la decisión de la Corte. No puede estar supeditada a la decisión de un Congreso, ni a las leyes secundarias”, añadió.

Belló consideró “gravísima” la postura de legisladores como Carlos Hernández, único representante de la bancada del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en el Congreso y de Kira Iris San, del Partido Acción Nacional (PAN), quienes en una reunión de comisiones consideraron que no estaban obligados a acatar lo establecido por la Corte.

La investigadora consideró que la Legislatura terminará su gestión –este año– “en un marco de omisión, negativa, retraso y limitación” en torno a los derechos de las mujeres, mientras que Franco manifestó que hay preocupación en cuanto al tipo de diputados que serán electos en el actual proceso electoral.

Incluso, mencionó que tendría que proponerse que, como sucede en otros países, las y los diputados que actúen o incurran en omisiones violatorias a derechos humanos, queden impedidas o impedidos para ocupar cargos públicos posteriormente, además de recibir una sanción.

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om/ rdmd

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