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El 20 de diciembre de 2004, Concepción fue sometida a un procedimiento médico anticonceptivo permanente minutos después de dar a luz a su último hijo en el Hospital General Dr. Alberto Vargas Merino, de San Juan Bautista Cuicatlán. En la intervención quirúrgica los médicos le perforaron los intestinos y murió dos semanas después; se le consideró como muerte materna.

Cuatro años más tarde, la entonces Comisión Estatal de Derechos Humanos (ahora Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, DDHPO) confirmó la negligencia médica en la muerte de Concepción y emitió una recomendación en la que demandó a los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO) el pago de la reparación del daño a “quienes legalmente tengan derecho a ello”. El monto se determinó en 120 mil pesos.

Hasta el 31 de diciembre de 2017, a 13 años del deceso de Concepción y a nueve de la recomendación de pago de daño, los SSO no han cubierto la indemnización a los familiares de la víctima.

No es el único caso. En 2015, Jimena sufrió muerte materna en el centro de salud de La Chuparrosa, Jalapa, Tuxtepec. La Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Oaxaca (CEAMO) emitió una recomendación a los SSO y también le exigió la reparación de daño que se tasó en 400 mil pesos. La historia se repitió en 2017, cuando Érika, de 16 años, murió luego de ser atendida en el centro de Salud de San Jacinto Amilpas, lo que motivó una recomendación de la DDHPO y una reparación del daño calculada en 150 mil pesos.

A ellos se suman los casos de partos fortuitos —mujeres que han dado a luz fuera de las instalaciones de los SSO, o en sus baños, porque se les negó la atención médica— como el de Juana, en San Pedro Pochutla; Yasmín, en San Juan Chapultepec, agencia de la ciudad de Oaxaca; Juana, en Ejutla de Crespo; Oricel, en Texmelucan; Leticia, en Chalcatongo de Hidalgo; Rubicela, en Santiago Chazumba, y Clara, en Río Chiquito, Tuxtepec.

Por los casos enlistados se emitieron recomendaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y de la DDHPO en las que se demandó a los SSO reparación del daño. En cada uno de los casos se fijó un pago de 150 mil pesos.

En total, los Servicios de Salud del estado adeudan —según su Programa Operativo Anual 2018— 2 millones 432 mil 800 pesos por negligencias médicas, sólo considerando las que provocaron que organismos de Derechos Humanos y de arbitraje médico emitieran recomendaciones.

El riesgo de parir en Oaxaca

Durante el año pasado, Oaxaca ocupó el séptimo lugar a nivel nacional por el número de muertes maternas, según la Dirección de Epidemiología de la Secretaría de Salud (Ssa). Al 31 de diciembre de 2017, el estado sumó 37 casos, tres más que en 2016. Por esas cifras la Razón de Mortalidad Materna (RMM) es de 45.6 defunciones por cada 100 mil nacimientos estimados, por lo que supera en más de 13 muertes la RMM nacional: 32 decesos.

Pese a esos números, son pocos los casos revisados por organismos de DH y arbitraje médico.

El visitador general de la DDHPO, Juan Rodríguez Ramos, explica que sólo se atienden los casos en los que hay una queja o en los que se abren expedientes por conocimiento a través de los medios. “Hablando de los SSO, son miles de trabajadores y seguramente se cometen muchas más faltas y violaciones a derechos humanos”, señala.

De 2010 a la fecha, la DDHPO ha emitido 12 recomendaciones a los SSO. Rodríguez Ramos sostiene que sólo una de ellas es por muerte materna y dos por partos fortuitos. Aunque fueron aceptadas por los SSO, ninguna de ellas ha sido cumplida en sus términos por la dependencia. “En muchos de los casos se traduce en una falta de voluntad de algunos funcionarios en el tema de la reparación del daño y el cumplimiento de las recomendaciones en materia de derechos humanos”, dice el visitador.

A ello agrega que, aunque existe una Ley General de Víctimas que incluye la reparación del daño, el estado no está preparado, por lo que se “tendría que materializar la ley estatal, y un presupuesto para atender y responder a las reparaciones del daño”, expone.

Consultados por EL UNIVERSAL, los SSO aseguran que sólo existen las recomendaciones 33/2016 de la CNDH y la 07/2016 de la DDHPO, en las cuales aún no se cubre el pago de la reparación del daño derivados de partos fortuitos.

Sostienen que han cumplido algunas de las recomendaciones relacionadas con pago de reparación del daño, y otras se encuentran en vía de cumplimiento, “con lo cual se reitera la irrestricta observancia al cumplimiento de las recomendaciones”.

Además, la dependencia informa que se están realizando las gestiones para obtener los recursos y solventar los casos pendientes.

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