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IEPC aprueba designación de 322 regidurías en los ayuntamientos de Chiapas

El IEPC señaló que de acuerdo con la ley de instituciones y procedimientos electorales de Chiapas, la asignación de las regidurías se basó en los criterios de cociente de unidad, votación válida emitida y resto mayor

Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas. Foto: Archivo
09/09/2024 |17:13
Óscar Gutiérrez
Corresponsal en ChiapasVer perfil

Tuxtla Gutiérrez, Chis.-El de Chiapas, aprobó este lunes la asignación y designación de 322 regidurías de representación proporcional (235 mujeres y 87 hombres) que integrarán los 122 ayuntamientos de la entidad, obtenidas en las elecciones locales ordinarias y extraordinarias de este año.

Los 322 se distribuyen para el Partido Acción Nacional 6; Partido Revolucionario Institucional, 25; Partido de la Revolución Democrática ,2; Partido Verde Ecologista de México, 67; Partido del Trabajo, 42.

Así como también para Movimiento Ciudadano, 7; Partido Chiapas Unido, 25; Morena 85; Podemos Mover a Chiapas, 11; Partido Popular Chiapaneco, 5; Partido Encuentro Solidario Chiapas 10.

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Además, para Redes Sociales Progresistas de Chiapas ,34; Fuerza por México Chiapas ,1 y candidaturas independientes 2.

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El IEPC señaló que de acuerdo con la ley de instituciones y procedimientos electorales de Chiapas, la asignación de las regidurías se basó en los criterios de cociente de unidad, votación válida emitida y resto mayor .

Asimismo, el criterio de que, cuando la asignación recaiga en el género femenino y el partido político o candidatura independiente al que le corresponda ya no cuente en su lista aprobada con candidaturas de tal género, la asignación sera al siguiente partido o candidato independiente que haya obtenido el porcentaje de votación más alto y que aún cuente con candidatas femeninas.

Respecto a la aplicación de los lineamientos de paridad en la asignación de esas regidurías se determinó que si al partido político le corresponde solo una regiduría, se asignará a la primera mujer según la prelación.

O, si al partido le corresponden dos regidurías, la primera se asignará a la primera mujer según la prelación, y la segunda al primer hombre de acuerdo con dicha prelación.

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Además, si al partido político le corresponden tres regidurías, la primera será a la primera mujer que según la prelación aparezca en la planilla; la segunda al primer hombre también en prelación, la tercera a la segunda mujer en prelación en la lista única.

El órgano electoral estableció que con la asignación y designación de esas regidurías, se concluye que los ayuntamientos quedarán integrados paritariamente.

En los ayuntamientos en donde al partido político respectivo únicamente le fue asignada una regiduría de representación proporcional, ésta se designa en favor de una mujer.

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jf

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