Más Información
Trump declarará a cárteles como organizaciones terroristas; "fui muy duro con México, hablé con la nueva presidenta"
Sheinbaum responde a Trump sobre declarar a cárteles como organizaciones terroristas; rechaza injerencia extranjera
México lucha contra “río de hierro” que envía armas de EU a los cárteles; llegan hasta medio millón, según medios
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará si procede o no admitir un amparo promovido por el gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, para que pueda jugar golf en el club de un exclusivo fraccionamiento de Santa Fe, en la Ciudad de México, donde además tiene un departamento.
Durante la sesión de este miércoles, los integrantes de la Primera Sala admitieron a trámite un recurso de reclamación contra la decisión del ministro presidente de la Corte, Luis María Aguilar, de desechar por improcedente el juicio de amparo promovido por el gobernador tamaulipeco.
Cabeza de Vaca solicitó la protección federal al considerar que él y su esposa fueron discriminados por la administración del club al no reconocerles la calidad de socios.
En su demanda, el tamaulipeco también exigió la reparación del daño moral causado por la administración.
“En nuestra calidad de accionistas del Club de Golf y también como propietarios del Departamento –tal y como este término se define más adelante-, demandamos que se condene a los codemandados a permitir a los suscritos y a nuestras menores hijas, el acceso, uso y disfrute irrestrictos a las instalaciones deportivas, recreativas y demás del Club de Golf”, señaló.
La administración del Club alegó que la compra del departamento no lo convierte en automático accionista y que requiere una autorización escrita del Consejo de Administración para ser reconocido como socio, lo cual no ha sido concedido.
En primera instancia y en apelación, un juez y una Sala Civil le concedieron la razón al gobernador y condenaron al Club a pagar una indemnización calculada en dólares por daño moral.
En el amparo, un Tribunal Colegiado propinó un revés a Cabeza de Vaca por considerar que la sociedad demandada justificó sus alegatos de que al no cumplir con los requisitos legales y estatutarios para ser accionista, no le permitía ser reconocido como tal y que la compra del departamento tampoco obligaba a la sociedad a concederle la calidad de socio.
Al llegar el caso a la Corte, el ministro Aguilar Morales desechó la demanda, razón por la que la Sala aceptó revisar si la decisión del presidente del Máximo Tribunal fue apegada a derecho.
ml