.— Se ha cumplido un año de que Julio “N” fue desaforado como alcalde de Guadalupe para que pudiera enfrentar el proceso judicial, debido a que se le imputa ser coautor de los delitos de homicidio calificado y robo calificado en el asesinato del músico Raúl Calderón Samaniego, integrante de Los Románticos de Zacatecas; sin embargo, hasta el momento se desconoce su paradero y la investigación se mantiene bajo un gran sigilo jurídico.

EL UNIVERSAL consultó a José Luis Castañeda Benítez, un reconocido abogado penalista a nivel nacional y catedrático en materia de ciencias penales, para emitir un análisis jurídico y de manera general sobre lo que se sabe de este caso, quien advierte que para afirmar que no hay impunidad “la búsqueda del sujeto debe ser real y con acciones permitidas dentro del marco jurídico, porque en el momento que se deje de buscar, claro, que es impunidad, porque el transcurso del tiempo le favorece al imputado y avanza la prescripción del delito”.

Considera que “esconderse es algo de lo más costoso” para las personas que se sustraen de la justicia, porque eso implicaría recurrir a realizar más acciones ilegales como “las falsificaciones en un posible cambio de identidad para que no sean ubicados con facilidad, a menos de que decidan vivir alejados en pueblos o en lugares de difícil acceso, donde sea complejo localizarlos”.

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Admite que el sigilo en la etapa de investigación es muy importante, por no ser una etapa procesal; sin embargo, aclara que “las garantías para la víctima es que el Ministerio Público realmente cumpla con su labor de investigación (…) los familiares son los únicos que pueden comprobar esa garantía consultando esa carpeta y viendo qué están haciendo en la búsqueda e investigación”.

Línea del tiempo

El 1 de enero de 2023, la familia de Raúl Calderón, de 37 años, denunció su desaparición ocurrida el 31 de diciembre de 2022. El 2 de enero su cuerpo fue encontrado en un sillón dentro de su departamento con cuatro impactos de bala.

El 25 de enero, en un espectacular de la zona metropolitana se colocó la foto del músico con la frase: #JusticiaParaRaúl. Duró sólo dos días.

Después de más de tres meses de investigación sobre este homicidio, la fiscalía zacatecana concluyó que había datos de prueba suficientes para señalar a Julio “N” y su esposa María de Jesús “N” como probables coautores de este homicidio, así como de robo calificado (se presume que el objeto en cuestión fue el celular de la víctima), por lo que un juez de Control determinó librar las dos órdenes de aprehensión.

El caso estalló públicamente el 18 de abril de 2023, cuando la fiscalía solicitó a la Legislatura local eliminar la inmunidad procesal del entonces alcalde para poder cumplimentar la aprehensión contenida dentro de la causa penal 439/2023.

El 19 de abril, el exalcalde emitió un comunicado para declararse “inocente”, y aunque anunció que acudiría a las instancias correspondientes para defenderse, jamás se volvió a saber nada de su paradero.

El 21 de abril, el Congreso local aprobó eliminar la inmunidad procesal para permitir a la fiscalía zacatecana cumplimentar la orden de aprehensión.

El 9 de abril de este año se revivió el caso con la reciente comparecencia del fiscal Cristian Camacho Osnaya —lleva más de cuatro meses al frente de la institución—, quien ante los cuestionamientos de diputados por la tardanza en la detención del exalcalde, dijo que no se podía dar ninguna información por el sigilo de la investigación. Además, aseguró que la carpeta de siete tomos “está bien integrada” y confirmó que está activa la ficha roja que permite a la Interpol el rastreo en 195 países.

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Análisis jurídico

José Luis Castañeda aclara que debido a que desconoce por completo el contenido de la carpeta de investigación, su opinión se basa en la información pública que le permite entender que aún no se la logrado ejecutar la orden de aprehensión.

Explica que la fiscalía puede aplicar ciertos actos de investigación para la búsqueda y advierte que la autoridad investigadora debe ser “muy cautelosa” en realizar cada acto que esté a su alcance de manera natural, porque existen otros que deben contar con la autorización de un juez.

Un ejemplo, dice, “son los actos de investigación como podría ser la intervención de comunicaciones o la geolocalización de personas”, ya que para que sea legal, el Ministerio Público debe hacer la solicitud ante un juez “debidamente fundada y motivada”, la cual, pudiera estar dirigida a un círculo cercano con las personas que probablemente tengan comunicación con el sujeto: “Desconozco el caso, pero, es común que entre sujetos que se dan a la fuga puedan tener comunicación con sus parejas, padres, hijos y socios”.

También refiere que es muy importante el actuar de la defensa, ya que es una garantía constitucional que todo imputado tiene y seguramente los abogados han diseñado una “estrategia de defensa” y es legal que se recurra a los amparos.

Cabe mencionar que hace un año, los abogados interpusieron un amparo en contra del proceso de desafuero y la orden de aprehensión.

El analista deja en claro que en un proceso penal todas las partes fungen un papel muy importante: víctima, imputado y Ministerio Público.

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