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Entre polémica, otorgan registro a partido de mujeres

La PGR ha vinculado a la familia de la fundadora del Partido de Mujeres Revolucionarias con actividades presuntamente ilícitas

Por mayoría de votos, el Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca avaló que Lexie se convirtiera en nuevo partido; el magistrado Raymundo López manifestó su desacuerdo. (JUAN CARLOS ZAVALA. EL UNIVERSAL)
11/11/2017 |04:20
Redacción
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La asociación civil Lexie obtuvo ayer su registro como partido político local, bajo el nombre de Partido de Mujeres Revolucionarias (PMR).

Por mayoría de votos, el Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca (TEEO) aprobó este viernes que la organización, liderada por Guadalupe Díaz Pantoja, se convierta en un nuevo partido; sin embargo, la Procuraduría General de la República (PGR) ha vinculado a la familia de Díaz Pantoja con actividades presuntamente relacionadas con el narcotráfico.

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EL UNIVERSAL publicó el 13 de septiembre los vínculos que supuestamente mantiene esta familia con el narcotráfico y el crimen organizado. Ella es hija de Jesús Díaz Parada, hermano de Pedro Díaz Parada, fundador del llamado Cártel de Oaxaca; tres de sus hermanos fueron detenidos y están bajo proceso de investigación por las actividades ilícitas vinculadas al trasiego de drogas.

El pasado 26 de septiembre, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) negó el registro como partido político local a Lexie porque no cumplía con el número de afiliados en al menos dos terceras partes de los municipios de la entidad, es decir, en cuando menos 380 municipios.

La organización sólo comprobó contar con afiliados y afiliadas válidos en 285 municipios, información que fue verificada por el Instituto Nacional Electoral (INE). Además, cumplió parcialmente con la documentación relativa a su Programa de Acción y Estatutos.

En esa ocasión los magistrados Raymundo Wilfrido López Vásquez y Víctor Manuel Jiménez Viloria votaron a favor de otorgarle el registro al partido.

Para el magistrado Raymundo López, la organización Lexie “cumplió en demasía” con los requisitos establecidos en la Ley General de Partidos al contar con más del 0.26% de afiliados y cumplir con más de las dos terceras partes de asambleas en los 25 distritos electorales.

Además, dijo, al tratarse de una organización conformada por mujeres indígenas el estado, está obligado a tomar medidas compensatorias para contrarrestar la desigualdad social en la que se encuentran estos dos grupos: las mujeres y las indígenas.

Jiménez Viloria, por su parte, dijo que en este caso se debe aplicar el principio de ponderación entre los principios de legalidad y constitucionales para garantizar la protección máxima de las mujeres e indígenas.

El magistrado presidente del TEEO, Miguel Ángel Carballido Díaz, quien presentó el proyecto de resolución que avalaba el acuerdo del IEEPCO y con el cual originalmente se le negaba el registro como partido político a Lexie, argumentó que los requisitos para que una organización se constituya en partido están plenamente definidos en la ley, y están avalados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Por ello, el magistrado Carballido Díaz afirma que la organización Lexie no cumplió con los requisitos y por ello no puede otorgársele el registro. Su ponencia, sin embargo, no fue avalada por los otros dos magistrados.

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