Mexicali, 21 de junio.- Con 14 votos a favor, el Congreso del aprobó una reforma al Código Civil del Estado que permite a y adolescentes cambiar su sexo biológico por aquel con el que se identifican en su acta de nacimiento.

Se trata de la “Ley de Infancias Trans” aprobada en la sesión celebrada el jueves pasado en el que grupos conservadores llegaron hasta las instalaciones para protestas mientras que los colectivos de la diversidad también se concentraron para promover y apoyar la iniciativa que reconoce los derechos de la comunidad transgénero.

En el dictamen se establecen varias reformas pero la principal se encuentra en el Artículo 134 TER, que garantiza a los menores de edad el derecho a contar con una acta de nacimiento con el género con el que se identifican y para ello deberán contar con el consentimiento de sus padres, pero en caso de no tenerlo podrá realizar un procedimiento sumario, es decir, con la intervención de un juez.

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La Ley de Infancias Trans garantiza a los menores de edad el derecho a contar con una acta de nacimiento con el género con el que se identifican. Foto: archivo
La Ley de Infancias Trans garantiza a los menores de edad el derecho a contar con una acta de nacimiento con el género con el que se identifican. Foto: archivo

Los votos a favor fueron las de las diputadas y los diputados de Morena, Julia Andrea González Quiroz, Gloria Arcelia Miramontes Plantillas, Evelyn Sánchez Sánchez, Gloria Elvira López Sortibrán, la inicialista Liliana Michel Sánchez Allende, Alejandra Ang Hernández y Dunnia Montserrat Murillo López. También de Juan Manuel Molina García, Araceli Geraldo Núñez, Manuel Guerrero Luna, Ramón Vázquez Valadez y Carolina Rivas García, y el diputado suplente de Victor Hugo Navarro, Ignacio Marmolejo Álvarez.

Los diputados del Partido del Trabajo votaron en diferente sentido ya que Sergio Moctezuma Martínez López votó a favor mientras que Julio César Vázquez Castillo votó con una reserva.

El dictamen 43 que fue aprobado reforma los artículos 35, 132, 133 BIS, 134 BIS y crea el 134 TER del Código Civil para el Estado de Baja California. Mientras que en los artículos 35, 132 y 133 BIS se adaptó su contenido al lenguaje incluyente. Y se derogó el inciso B del Apartado IV del artículo 134 que obligaba a tener 18 años para cambiar su acta de nacimiento.

Pero además, en el mismo artículo, del Apartado 4 del Inciso C, se agregó contenido que elimina para el Registro Civil de Baja California la clasificación de sexo registral, para que ahora se pueda solicitar el cambio del dato de sexo no solamente por el de hombre o mujer, sino también por “persona no binaria” o por cualquier “identidad de género”.

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sg/cr

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