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Emiten fallo condenatorio a ex conductor de noticias por matar a mujer en motel

El hombre trató de que el delito se reclasificara como homicidio, pero se pudo acreditar la crueldad con la que asesinó a la mujer y se catalogó como feminicidio

Foto: Archivo EL UNIVERSAL
06/07/2018 |14:48
Carlos Arrieta
Corresponsal en MichoacánVer perfil

A casi dos años del asesinato de una mujer perpetrado al interior de un motel de la ciudad de Morelia, el Tribunal de Enjuiciamiento emitió la mañana de este viernes el fallo condenatorio por feminicidio en contra de un ex conductor de noticias originario de Coahuila.

El homicidio se registró el 23 de noviembre del año 2016 al interior de un motel ubicado al poniente de la capital michoacana, donde Satya N. fue encontrada sin vida, luego de ser reportada por sus familiares como desaparecida, dos días antes.

De acuerdo a los resultados de la autopsia, la víctima de 37 años de edad murió de asfixia por estrangulamiento, por lo que al avanzar las investigaciones, la Procuraduría de Michoacán ubicó y detuvo a una persona de nombre Gerardo N.

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En ese entonces, mediante comunicado, la PGJE informó que había cumplimentado una orden de aprehensión en contra de la persona relacionada con el asesinato de la víctima, a quien conoció a través de redes sociales.

Entre las pruebas que obtuvo la dependencia estatal para solicitar la orden de aprehensión en contra del e x conductor de noticias , están los testimonios de los trabajadores del Motel que lo ubicaban en ese lugar con la víctima el día del asesinato.

Además, de que el hombre había maniobrado el vehículo de Satya y los mensajes que habían intercambiado en redes sociales para su encuentro.

Tras su captura, José Gerardo N fue ingresado en el Centro de Reinserción Social (Cereso) “David Franco Rodríguez” y puesto a disposición del Juez de Control, que días después lo vinculó a proceso.

Desde entonces, la defensa del inculpado intentó liberarlo bajo el argumento de que la muerte de Satya había sido resultado de Hipoxifilia (asfixia erótica) , a petición de la víctima durante el acto sexual, por lo que se trataba de un homicidio imprudencial.

Incluso, con esos argumentos, pretendieron reclasificar el delito de feminicidio y dejarlo en homicidio , lo cual fue evitado por la Fiscalía de Litigación de Asuntos Relevantes y Técnicas de Investigación de la PGJE.

Además, la Fiscalía echó abajo la hipótesis de la defensa y demostró que de acuerdo al resultado de los dictámenes de exudados oral, vaginal y anal no hubo acto sexual previo al asesinato.

Tras presentar esas y otras pruebas la Fiscalía de Litigación de Asuntos Relevantes, obtuvo a su favor el fallo por Feminicidio, bajo la hipótesis de que el implicado cometió actos de crueldad, previos a la privación de la vida de su víctima.

Las pruebas de la Fiscalía revelaron que la crueldad se acreditó porque primero, el sujeto golpeó a la víctima, después la sometió y posteriormente la estranguló de manera intermitente durante 15 a 20 minutos.

Como consecuencia, el Tribunal de Enjuiciamiento emitió el fallo condenatorio en contra del exconductor de noticias, al considerarlo culpable de feminicidio.

Cabe recordar que un fallo condenatorio es emitido cuando un juez culmina la audiencia de juicio oral y es, donde se hace el pronunciamiento basado en si encuentra o no elementos suficientes para condenar o absolver al inculpado.

Por tanto, será en la audiencia de individualización, que en este caso está citada para el próximo 13 de julio, cuando se dicte la pena condenatoria (años de prisión y reparación del daño).

En este caso, de acuerdo al Código Penal del Estado de Michoacán, la condena emitida por los tres jueces que conforman el Tribunal de Enjuiciamiento, puede ir de 20 a 40 años de prisión, dictada en contra del responsable de este feminicidio.

cg

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