La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó la “inexistencia” de actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad, así como el uso indebido de recursos públicos por parte de , exgobernador de Oaxaca.

A través de un comunicado, indicó que el proceso inició por una entrevista que se publicó en la revista “Líderes Mexicanos” con difusión en diferentes estados del país. La entrevista publicada el 10 de junio de 2022, cita en su primer párrafo:

“El pasado jueves 9 de junio, Alejandro Murat, gobernador priista de Oaxaca, confirmó y aseguró que será precandidato a la Presidencia por parte del PRI para las elecciones de 2024”.

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Y continúa con una respuesta que dio el entonces mandatario al cuestionamiento de qué embajada le gustaría ocupar: “”Yo voy a ser precandidato, la vamos a buscar, pero eso después, después. Estamos de luto, hay que respetar a las familias de Oaxaca, no creo que sea momento para hablar de eso, pero no hay nada que esconder, ya lo hice público ¿no? Hay que respetar”.

No obstante, el Tribunal consideró que las expresiones del entonces gobernador atendieron a un ejercicio comunicativo de preguntas y respuestas en el marco de una entrevista.

Además, porque se tomó en consideración que las precandidaturas y candidaturas al cargo de Presidente de la República son un acto futuro de realización incierta, el cual depende, en un primer momento, de los procesos internos de selección y después del comportamiento de la ciudadanía. (SRE-PSC-3/2023).

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bmc/mcc

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