El agente del Ministerio Público de la Fiscalía Anticorrupción denunció penalmente al juez oral Adolfo González López, por dictar auto de no vinculación a proceso al rector de la UAEM, Alejandro Vera Jiménez y al extesorero de la institución Eduardo Sotelo Nava, acusados por delito de peculado.

El agente del ministerio público Elio Brito Cantú, presentó su denuncia ante la Fiscalía General del Estado contra el juez Adolfo González a quien acusó de incurrir en delitos contra la administración de la justicia, porque en la audiencia del domingo pasado determinó la no vinculación a proceso del rector Vera y el extesorero Eduardo Sotelo, bajo el argumento de que no había congruencia entre la formulación de imputación y la carpeta de investigación.

Vera Jiménez fue imputado por el delito de peculado porque presuntamente distrajo los recursos estatales para depositarlos en una cuenta del Banco Interacciones, lo cual puso en riesgo el presupuesto de la Universidad.

De acuerdo a los antecedentes en 2014 el rector de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM), contrató un crédito por 600 millones de pesos con el Banco Interacciones sin la autorización del Congreso local y para pagar la deuda comprometió el 2.5 por ciento de los subsidios del gobierno estatal y federal, cuyo pago suman hasta la fecha más de mil millones de pesos, según la denuncia de la Fiscalía Anticorrupción.

El agente Elio Brito Cantú dijo que el Código Penal establece hasta ocho años de prisión a los jueces por dictar ese tipo de autos, por lo que la Fiscalía General se encargará de acreditar el delito y formular vinculación al juzgador porque, en su opinión, incurrió en desviación de la Ley.

Agregó que el Código Nacional de Procedimientos Penales establece una serie de requisitos que debe cumplir el juez en el desahogo de la audiencia de vinculación a proceso, entre otros, que se le permita a la Fiscalía exponer los antecedentes que contiene su carpeta de investigación y razonar la validez de los elementos para acreditar la comisión de un ilícito.

El Ministerio Público consideró que la determinación del juez oral vulneró sus derechos porque para dictar la no vinculación a proceso, se apoyó en el hecho de que el Ministerio Público no entregó copias de la carpeta de investigación a la defensa del rector.

En todo caso, dijo Brito Cantú, si el juez estimó que la falta de la entrega de copias era trascendente entonces la defensa del rector debió terminar con la exposición y después el juez debió razonar la vinculación o no a proceso.

ml

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