Más Información
Familias de desaparecidos en Mazatlán irrumpen en evento de Sheinbaum; mandataria promete atender peticiones
Sheinbaum responde a Trump sobre declarar a cárteles como organizaciones terroristas; rechaza injerencia extranjera
Trump declarará a cárteles como organizaciones terroristas; "fui muy duro con México, hablé con la nueva presidenta"
Videojuegos, el nuevo gancho del crimen para captar menores; los atraen con promesas de dinero y poder
Dictan 600 años de prisión a "El Negro" Radilla y "El Cone"; responsables de secuestrar al hijo de Javier Sicilia
Sheinbaum asegura apoyo total a Sinaloa para enfrentar violencia; "Nunca los vamos a dejar solos, aquí está la presidenta"
Cancún.- El empresario y precandidato a la presidencia de la República en 2018 , Carlos Mimenza Novelo , fue declarado culpable del delito de amenazas, con el agravante de tratarse de ataques a la Libertad de Expresión en agravio del comunicador, Amir Ibrahim Mohamed , de acuerdo con la sentencia emitida hoy por la juez de Distrito, especializada en sistema penal acusatorio, Verónica Gutiérrez .
En la única sala de tres, que funciona en el Centro de Justicia Penal Federal , con sede en Cancún, la juez indicó que una vez valorados los elementos de prueba, habiendo escuchado a las partes y luego de deliberar en privado, concluyó que Mimenza Novelo es “plenamente responsable” del delito de amenazas, como autor material de siete mensajes enviados a Ibrahim Mohamed, vía celular , el ocho de julio del 2017.
Los mensajes del autonombrado líder de autodefensas en Quintana Roo , produjeron al comunicador, director de un periódico y fundador de un portal digital en la entidad, un daño psicológico y material que le obligaron a él y a su familia a desplazarse a otro Estado para ser protegidos , lo que afectó su dinámica de vida y alteró su modo de ejercer el periodismo.
Esto último tuvo una afectación adicional a la esfera colectiva, toda vez que la Libertad de Expresión es, subrayó la juez, un derecho fundamental individual, pero también colectivo.
La sentencia dictada este miércoles, constituye el primer fallo condenatorio en México, por delitos cometidos contra la Libertad de Expresión, dentro del nuevo sistema penal acusatorio.
La juez, resaltó que aun cuando la información u opinión difundida sea “crítica, inconveniente o inoportuna”, quien la emite tiene el derecho a expresarse libremente, sin ser molestado.
Durante la audiencia de juicio oral, celebrada de las 14:45 a las 16:41 horas, la juzgadora fundamentó su resolución, respecto a los hechos ocurridos el ocho de julio de 2017 -denunciados y materia del juicio- cuando Amir Ibrahim conducía su auto, de Cancún hacia Playa del Carmen y recibió una serie de mensajes provenientes del celular de Carlos Mimenza, a las 17:05 hora.
“Ten cuidado por dónde te mueves… que te tengo vigilado; lo que tú haces por la espalda, yo te lo voy a hacer de frente”
, decía el primero de esos mensajes, citados por la juez.
“Primera advertencia” -fue el segundo mensaje- “Y guarda la pantalla para que guardes las pruebas de mi promesa”, fue la tercer amenaza.
Horas después, a las 23 horas aproximadamente, Ibrahim Mohamed recibió un cuarto mensaje:
“Ya van a empezar los contraataques cibernéticos. Voy a acabar con todos ustedes. Contraté a toda la plantilla de Anonymous para devolverles el ataque que me hicieron, pero a ti te voy a dar trato especial para que veas lo que es amar a Dios en tierra de fariseos. Cada paso que des tú y todo tu ámbito personal estará bajo vigilancia. Al igual que el bastardo”, citó la juez, quien dio lectura a otros tres mensajes.
Se mencionaron los alegatos de la defensa, encabezada por el abogado, Leonardo Kumul , quien acusó presuntas violaciones al debido proceso , como la presentación de testimonios “de oídas”, violación a la cadena de custodia, embalajes y medios materiales; su indebido resguardo y la violación a las técnicas de investigación , que dieron pie para que invocase el principio de duda razonable.
Gutiérrez Fuentes explicó el valor probatorio de las 23 pruebas y 17 testimonios presentados por la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión ( FEADLE ), que incluyeron familiares, colaboradores, policías federales y peritos especializados en informática y telecomunicaciones; psicología y análisis de contenido, así como las ocho documentales exhibidas.
En el caso de los mensajes, detalló que fueron extraídos de dos celulares, por un perito que es ingeniero en electrónica , autor de 20 dictámenes mensuales, quien los colocó en un disco compacto puesto en resguardo como parte de la carpeta de investigación.
Para determinar si esos mensajes podían ser catalogados como amenazantes, se echó mano de un perito en psicología, con Maestría en Criminología, cuya conclusión fue que, con ellos, se pretendió “dominar”, “amedrentar” y “advertir de un posible daño” al receptor, y que evidenciaban que el emisor o autor “se siente impune”, toda vez que reta a quien lo recibió, a guardar la prueba de la amenaza.
En cuanto a la valoración psicológica practicada comunicador en octubre de 2017, aclaró que si bien para esa fecha no se encontró un daño emocional o psicológico grave, fue porque contó con una red de apoyo, no sólo familiar y gremial, sino en la autoridad , a través del Mecanismo de Protección Federal para Periodistas.
Sin embargo, también se concluyó que a partir de recibidos los mensajes, el comunicador presentó ansiedad, un desequilibrio emocional, miedo, irritabilidad y frustración.
Así, la juez condenó a Mimenza Novela, por “su plena responsabilidad penal” en el delito de amenazas, agravado por tratarse de ataques a la Libertad de Expresión, lo cual, reiteró, “está probado más allá de toda duda razonable”.
Gutiérrez Fuentes añadió que el sentenciado, como autor de mensajes amenazantes, buscó “limitar” el derecho a la Libertad de Expresión de la víctima e informó que mañana se dará a conocer el alcance de su condena, durante la audiencia de individualización de la pena.
jabf