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Congreso de Sinaloa actualiza causales de remoción del Fiscal General

Integrantes de la LXIII Legislatura local, por unanimidad, aprobaron reformas a la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado

Marco Antonio Zazueta Zazueta, diputado local del Movimiento de Regeneración Nacional. Foto: Twitter @congresosinaloa
11/09/2021 |08:56Javier Cabrera Martínez / Corresponsal |
Javier Cabrera Martínez
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Culiacán.- Con reformas a la , se actualizó las causales por las cuales el titular podrá ser removido por el ejecutivo estatal, entre ellas, por incapacidad total o permanente, por abuso o ejercicio indebido del cargo o autorizar indebidamente el no ejercicio o desistimiento de la acción penal, entre otras.

En sesión extraordinaria, a sólo 20 días de que concluya su periodo constitucional, los miembros de la LXIII Legislatura local por unanimidad aprobaron reformas a la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado.

Con las modificaciones al Artículo 14 y adiciones al Artículo 5 Bis, se establece que el Fiscal General del Estado deberá formular un Plan Estratégico de Persecución Penal y Actualizar Causales, para que cada año rinda un informe al Poder Legislativo de sus acciones.

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Durante la sesión, los miembros del Congreso del Estado expusieron que las modificaciones van encaminadas a tener claridad en las estrategias institucionales para combatir la criminalidad y la impunidad, al mismo tiempo que fomentar la transparencia, la rendición de cuentas y el respeto a los derechos humanos.

En el análisis de estas reformas aprobadas se estableció que con el propósito de garantizar que el actuar de la institución se dé de forma objetiva y con apego a derecho y, por lo tanto, se conduzca de manera imparcial en sus funciones de investigar los delitos y de ejecutar la acción penal, sin que sus decisiones se ven comprometidas por presiones.

Durante la sesión, se precisó que con la reforma al Artículo 5 Bis que se adiciona a la Ley Orgánica de la Fiscalía General, se establece que el titular formulara el plan Estratégico de Persecución Penal, considerando prioridades estatales.

Las funciones que deben desempeñar las personas que presten servicios a la institución; así como los objetivos y metas a corto, mediano y largo plazo, mismo que deberá ser aprobado por la mayoría de los miembros del Poder Legislativo.

El diputado local del Movimiento de Regeneración Nacional, Marco Antonio Zazueta Zazueta, dijo que estas reformas no llevan dedicatoria para nadie, puesto que es una armonización del orden normativo con la Constitución Federal, local y las leyes secundarias para que se haga efectiva la persecución de los delitos.

Durante la discusión, indicó que aun cuando la Fiscalía General del Estado es un órgano autónomo, no deja de estar sujeto a la Constitución de la República, al igual que todas las instituciones.

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afcl/lsm

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