La Paz.- El Congreso de Baja California Sur analiza reformas al Código Penal local para tipificar el delito de homicidio por razones de orientación sexual o de género, así como un castigo de hasta 50 años de prisión.
El diputado petista, Luis Armando Díaz, presentó una iniciativa de ley a fin, dijo, de que “los denominados crímenes de odio contra personas LGBT no queden impunes”.
A través de esta iniciativa se estaría reformando el artículo 131 y se adiciona el 135 BIS del Código Penal, que tipifica el delito de homicidio por razones de orientación sexual o identidad de género bajo los supuestos “cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; se le hayan infligido lesiones, quemaduras, escoriaciones, contusiones, fracturas o mutilaciones previas o posteriores a la privación de la vida”.
Asimismo, de aprobarse se considerará este delito cuando existan antecedentes de amenazas, acoso, violencia, lesiones en el ámbito familiar, laboral o escolar por la preferencia sexual; existan antecedentes de odio, rechazo o discriminación hacia la orientación sexual o identidad de género de la víctimas, cuando el cuerpo de la víctima sea expuesto, depositado o arrojado en un lugar público o la víctima hay sido incomunicada cualquiera que sea el tiempo previo a su fallecimiento.
El legislador, al hacer uso de tribuna para presentar las reformas, indicó que actualmente el Código Penal contempla en las agravantes de homicidio, el de en razón de la preferencia sexual, en su artículo 131; sin embargo, con esta reforma se eliminaría este apartado para la creación del tipo penal y que se castigue con 25 a 50 años de prisión, en el nuevo articulado 135 BIS y sus supuestos.
Expuso que en la legislación de BCS es necesaria la inclusión del crimen de odio por homofobia como tipo penal autónomo, pues se requiere de una figura típica que proteja la vida de las personas con preferencia de género y/o una orientación sexual diversa al resto de la población, afirmó.
Así –añadió– “al constituirse como un tipo penal autónomo su fuerza jurídica de creación será más precisa que solo colocar una agravante al tipo penal de homicidio”.
Finalmente, insistió en que lo anterior traerá aparejada –afirmó– “la protección de la dignidad humana y la identidad sexual”.
La iniciativa también contempla que al artículo 138 del código penal referente a lesiones por razones de odio o discriminación, se añada los conceptos de orientación sexual o identidad de género.
Para su análisis y dictamen, la iniciativa fue turnada a las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Justicia.
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afcl