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Clausuran empresa de tratamiento térmico

Los contaminantes que generaba carecían de ductos para salir a la atmósfera: Profepa

Irregularidad. La Profepa constató que la empresa no acreditó contar con licencia de funcionamiento. Foto/DAVID CARRIZALES. EL UNIVERSAL
26/07/2019 |23:27David Carrizales / Corresponsal |
Redacción El Universal
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Monterrey.— La delegación estatal de la Profepa clausuró una empresa de tratamiento térmico, ubicada en el municipio de General Escobedo, luego de que las emisiones que se generaban en sus equipos de proceso y de combustión no se encontraban canalizadas a la atmósfera a través de ductos o chimeneas de descarga.

La clausura tuvo lugar después de que personal de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en la entidad realizó una visita de inspección en materia de prevención y control de la contaminación a la atmósfera a la empresa ubicada en el norte de la zona metropolitana.

Los inspectores constataron que en el lugar se tienen como procesos productivos el tratamiento térmico para la fabricación de piezas metálicas, para lo cual cuenta con hornos atmosféricos que usan gas natural como combustible.

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La empresa no acreditó contar con licencia de funcionamiento o licencia ambiental única (LAU), que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), y se verificó que las emisiones generadas en sus equipos de proceso y de combustión no se encontraban canalizadas a la atmósfera a través de ductos o chimeneas de descarga.

Y en consecuencia no contaban con plataformas y puertos de muestreo, por lo que no realizaba evaluaciones de sus contaminantes. Además no presentó la cédula de operación anual.

En vista de lo anterior, la Profepa impuso como medida de seguridad la clausura temporal total del área de tratamiento térmico, de conformidad con el artículo 170 fracción l de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, y el artículo 47 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Informó la dependencia federal que el levantamiento de la medida de seguridad quedó condicionada a la presentación de su licencia de funcionamiento o licencia ambiental única, emitida por la Semarnat, así como a la presentación de la evaluación de las emisiones que se generan en sus equipos de proceso y de combustión, en las que acredite el cumplimiento a las normas oficiales mexicanas aplicables para este tipo de actividades.

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