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Monterrey, NL- El gobierno de Nuevo León, a través de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, pretende prohibir que los albañiles y trabajadores de la construcción en general, realicen fogatas para preparar o calentar sus alimentos, como parte de una serie de acciones para prevenir y controlar la emisión de partículas contaminantes a la atmósfera, ante los altos niveles de PM 2.5 y PM 10, que se registran en el área metropolitana, y de los que se responsabiliza en alto porcentaje a la industria de la construcción.
Así se contempla en los considerandos del "proyecto de Norma Ambiental Estatal NAE-SDS-002-2019” que, para regular las actividades relacionadas con la industria de la construcción, a fin de prevenir y controlar la emisión de partículas contaminantes a la atmósfera, se presentó a consulta pública a todos los municipios y sociedad en general, para que en un plazo de diez días que vence el siete de noviembre, planteen sus opiniones.
Los comentarios serán referentes a los Lineamientos Técnicos de Operación “que deberán cumplir las personas físicas o morales que lleven a cabo todo tipo de obras de construcción, urbanización y demolición pública y privada; actividades asociadas a la misma; así como las relacionadas con la operación, limpieza y/o mantenimiento de vías, patios y espacios, públicos y privados; para prevenir y controlar la emisión de partículas contaminantes a la atmósfera".
Entre las disposiciones generales que contempla la Norma Ambiental Estatal NAE-SDS-002-2019, destacan el humedecimiento de la zona donde se vaya a laborar, la instalación de barreras, mallas y/o mamparas que permitan el control de las emisiones fugitivas mediante la captura de partículas de polvo; y la suspensión de trabajos de excavación, nivelación, u otros movimientos de tierra, en presencia de vientos mayores a 25 kilómetros por hora.
Asimismo, se propone que estará estrictamente prohibido la quema a cielo abierto de cualquier material o residuo salvo cuando se realice con la autorización escrita de la Secretaría y/o de las autoridades que corresponda.
También se prohíbe estrictamente el encendido de fogatas en los sitios donde se llevan a cabo obras de construcción, urbanización, demolición, pavimentación de vías públicas, peatonales y/o vehiculares. En sustitución, “se podrá utilizar cualquier dispositivos tipo estufa o calentador eléctrico o de gas, natural o LP”.