Responsables del Ayuntamiento de Chignautla , estado de Puebla , solicitaron a un establecimiento local, el retiro de un anuncio publicitario mediante el cual daba promoción a su comercio, pues de acuerdo con las autoridades del municipio, el mensaje era ofensivo .
El documento fue extendido y firmado por Silvano Lucas Bautista , regidor de Industria, Comercio, Agricultura y Ganadería del H. Ayuntamiento de Chignautla , por el rótulo que la taquería “Tacos La Caverna” , colocó a las afueras de su establecimiento: “Parecen simples tacos pero están mejor preparados que nuestras autoridades” .
Según el escrito oficial publicado en Facebook por el portal Teziutlán en Línea , el regidor Lucas Bautista exhorta a los responsables del negocio a remover su cartel, argumentando que “… acatando nuestro Reglamento de la Ley de ingresos en su artículo 32 fracción VI, artículo 38 fracción I y demás relativos para el municipio, está prohibida la colocación de anuncios publicitarios con fines ofensivos a personas físicas o morales”.
Por último, Bautista solicita atentamente, a través del oficio, el retiro del anuncio, pues utilizan una expresión ofensiva hacia las autoridades.
La denuncia se volvió viral en redes sociales y algunos de los internautas se pronunciaron contra las autoridades del municipio poblano, asegurando que “se pusieron el saco” y el propietario del lugar “solo dice la verdad”.
Ley de Ingresos del Municipio de Chignautla
Por medio de una revisión hecha por EL UNIVERSAL a la Ley de Ingresos del Municipio de Chignautla, para el ejercicio fiscal 2019, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 26 de diciembre del 2018, no se halló ningún artículo en el que se prohíba colocar cualquier anuncio “con fines ofensivos a personas físicas o morales”.
Por ejemplo, el artículo 32, mismo que solo consta de tres fracciones, se refiere a las licencias que personas físicas o morales deben solicitar al Ayuntamiento para instalar cualquier tipo de anuncio publicitario y las tarifas para obtener dicho permiso.
“Las personas físicas o morales cuya actividad sea la colocación de anuncios y carteles o la realización de algún tipo de publicidad en la vía pública , deberán solicitar al Ayuntamiento la expedición anual de licencias, permisos o autorizaciones para realizar dicha actividad. Para estos efectos, previamente a la expedición de cada licencia, permiso o autorización pagarán ante la Tesorería Municipal, los derechos que se causen conforme a la siguiente tarifa”. Capítulo XII, artículo 32 de la Ley de Ingresos del Municipio de Chignautla.
En el mismo contexto, el artículo 38 de la mencionada ley –también referida en el escrito-, habla sobre la regulación y el pago de cuotas por el derecho a ocupar espacios del patrimonio público del Ayuntamiento.
“Los derechos por la ocupación de espacios del patrimonio público del Municipio, se regularán y pagarán conforme a las cuotas y disposiciones siguientes” . Capítulo XIII, artículo 38 de la Ley de Ingresos del Municipio de Chignautla.
El resto de los artículos del Capítulo XII titulado De Los derechos por la expedición de licencias, permisos o autorizaciones para la colocación de anuncios y carteles o la realización de publicidad , de la Ley de Ingresos del Municipio de Chignautla, establecen parámetros para definir un anuncio publicitario; explican quiénes pueden ser responsables de cumplir con las cuotas establecidas ante cualquier acto publicitario; y aclaran que solo la autoridad municipal tiene el derecho de regular lo relacionado con licencias y permisos .
A la fecha se desconoce si la taquería “Tacos La Caverna” retiró su rótulo, después de que las autoridades del H. Ayuntamiento de Chignautla lo solicitaran.
jabf