Cuernavaca.- El Consejo Estatal Electoral aprobó el registro como partido político local de la organización ciudadana “Armonía por Morelos” , en cumplimiento a la sentencia dictada por el pleno de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral Del Poder Judicial de La Federación, el pasado 10 de diciembre.
Con “Armonía por Morelos” suman 23 partidos políticos que contenderán por 36 presidencias municipales y 20 diputaciones locales.
Estos son los partidos que participarán: PAN. PRI, PRD, Morena, Nueva Alianza, Movimiento Ciudadano, Partido del Trabajo, Partido Humanista, Partido Socialdemócrata, Partido Verde Ecologista, Encuentro Social, Bienestar Ciudadano, Fuerza Morelos, Futuro, Movimiento Alternativa Social, Más Apoyo Social, Renovación Política Morelense, Morelos Progresa, Podemos, Armonía por Morelos, PES, Redes Sociales Progresistas y Fuerza Social.
Armonía por Morelos, ahora partido político local, cumplió con los requisitos establecidos en la Ley General de Partidos Políticos, en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos, el reglamento para las organizaciones que pretenden constituirse como partido político local.
El Consejo Estatal Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Imipe) determinó que Armonía por Morelos deberá realizar reformas a sus documentos básicos en los rubros relativos a la paridad de género en su selección de candidatos y órganos directivos, justicia intrapartidaria y lo relativo al proceso de selección interna (precampañas).
En sesión extraordinaria urgente del Consejo Estatal Electoral aprobó asimismo que para efectos del registro de Armonía por Morelos, como partido político local, se emita la constancia respectiva de conformidad a lo establecido en la Ley General de Partidos Políticos, y ordenó la inscripción en los libros de registro del Impepac para efectos de la acreditación como partido político local “Armonía por Morelos”.
También se requirió al ahora partido político local para que notifique a la Dirección Ejecutiva de Organización y Partidos Políticos del órgano electoral, la integración de sus órganos de Dirección observando que los puestos titulares sean ocupados por un número igual de hombres y mujeres, así como la integración de sus demás órganos directivos estatales y/o en su caso municipales.
Asimismo, el pleno del Consejo Estatal Electoral apercibió al partido político local que en caso de no cumplir se iniciará un procedimiento para resolver sobre la pérdida del registro como partido político local, previa audiencia en la que el interesado será oído en su defensa en términos de lo preceptuado por el artículo 95, numeral 2 de la Ley General de Partidos Políticos.
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