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Aprueban que sinaloenses en el extranjero voten para elegir gobernador del estado

Con las nuevas disposiciones constitucionales, los ciudadanos originarios de Sinaloa que residan en el extranjero podrán ejercer su derecho al voto para la elección del gobernador

Con las nuevas disposiciones constitucionales, los ciudadanos originarios de Sinaloa que residan en el extranjero podrán ejercer su derecho al voto para la elección del gobernador. Foto: Especial
19/02/2021 |18:44Javier Cabrera Martínez / Corresponsal |
Javier Cabrera Martínez
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Culiacán, Sin. En sesión pública extraordinaria, el Congreso del estado aprobó reformas constitucionales para establecer como derecho de los sinaloenses que residen en el extranjero poder ejercer su derecho a voto para elegir al gobernador del estado.

De forma unánime, los diputados de las diversas fracciones parlamentarias aprobaron adicionar un segundo párrafo a la Fracción Primera del Artículo 10 de la Constitución Política del estado de Sinaloa.

Con las nuevas disposiciones constitucionales, los ciudadanos originarios de Sinaloa que residan en el extranjero podrán ejercer su derecho al voto para la elección del gobernador , en los términos que disponga la ley en materia.

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En la discusión de esta iniciativa, los diputados Gildardo Leyva Ortega y Jesús Angélica Díaz Quiñonez, autores de esta iniciativa dictaminada, establecieron que estos cambios, atiende los principios de progresividad en materia de derechos humanos.

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Aprobado el dictamen, la presidenta de la Mesa Directiva, diputada Roxana Rubio Valdez turnó el expediente a los ayuntamientos para que en un plazo de 15 dias emitan el voto correspondiente.

Actualmente el artículo 329 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece lo siguiente:

“Los ciudadanos que residen en el extranjero podrán ejercer su derecho al voto para la elección del presidente de los y Senadores, así como de Gobernadores de las entidades federativas y del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, siempre que así lo determinen las Constituciones de los Estados.

apr/lsm

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