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Por naturaleza, toda Constitución es aspiracional; busca darle a sus ciudadanos el mejor entorno posible para una sana convivencia, con condiciones económicas favorables y de bienestar, de manera progresista y de largo plazo; con reglas claras, entendibles, transparentes y aplicables. No obstante, las buenas intenciones pueden convertir al Estado en un ente benefactor, situación que pone en riesgo el equilibrio social y que tiende a provocar que el anhelado progreso se convierta en un retroceso.
Cuando en una Constitución no hay forma de reunir los recursos para cumplir con las obligaciones de un estado benefactor, cuando no se reúnen las condiciones que permitan sostener las ofertas, se crea una actitud de frivolidad, de ilegalidad y de discriminación.
Después de más de cuatro meses de trabajo, el pasado 5 de febrero se promulgó la primera Constitución de la Ciudad de México, la cual entrará en vigor el próximo 17 de septiembre de 2018; los derechos y obligaciones de los habitantes de la capital del país quedaron incluidos en 71 artículos y 39 transitorios.
La Asamblea Constituyente fue la encargada de elaborar el documento. En palabras de sus propios arquitectos, esta constitución es compleja y su discusión debió de requerir más tiempo. El pilar principal de estas leyes es el empoderamiento de la ciudadanía y la igualdad.
El empoderamiento del ciudadano no garantiza del todo una procuración efectiva de justicia social y desarrollo económico, ya que en toda sociedad hay aspectos muy especializados, de alto nivel y pericia jurídica que por su complejidad no pueden ser tratados por ciudadanos comunes, por bien intencionados que estos sean.
Todos queremos que la Constitución sea un documento único, moderno, que promueva la igualdad, que garantice el derecho de las personas, que detone mejores condiciones económicas y de vida.
La preocupación surge al momento de saber cuál será el costo de los beneficios sociales y el presupuesto con el que se cuenta para tales planes.
En ningún momento se señalan con claridad los deberes y obligaciones de los ciudadanos para la Ciudad; con ello, el proceso de convivencia social corre el riesgo de deteriorarse, de banalizarse y, toda la estructura legislativa de quedar en una simple utopía.
Una de las aspiraciones del documento es la de promover condiciones para el pleno empleo, con salario remunerador, que contenga aumento de los ingresos reales, pero no se detallan los instrumentos para lograrlo.
El marco constitucional introdujo el concepto del “mínimo vital” para dotar a las personas con lo mínimo indispensable para vivir y así erradicar la pobreza en la Ciudad de México; también se creó la figura de alcaldías, que pretende generar la igualdad, la lucha contra la discriminación y la revocación de mandato, entre otros.
Todo ello implica un costo presupuestario que aún no queda claro.
La población que viven en situación de pobreza en la capital del país es de 2.5 millones de personas (Coneval) que representa 28% de la población total en la Ciudad de México. Otorgar el mínimo vital tendría un costo importante para los ciudadanos, cuando ya existen programas del combate a la pobreza y cuando el presupuesto anual para la ciudad es de 204 mil millones de pesos.
Por ejemplo, otorgar la pensión a personas mayores, como lo señala el artículo 11, representaría un costo cercano a los 20 mil millones de pesos; 10% del presupuesto anual de la Ciudad de México, lo que sin duda marca la inviabilidad económica de las disposiciones incluidas en la Constitución.
Otro aspecto controversial es el reconocimiento de los derechos de trabajadores no asalariados y de personas que se dedican al trabajo sexual por voluntad propia, por la incidencia de estos para facilitar actividades en el sector informal al otorgarle derechos, lo que podría generar costos importantes a la economía y al empleo estructurado.
La informalidad ya es elevada en la Ciudad de México y podría elevarse más con esta ley; de acuerdo con el Inegi la tasa de informalidad laboral es de 48.6% y existen 424 mil 400 personas que laboran en el sector no estructurado.
Por otro lado, hay que señalar que el documento incluye aspectos muy positivos, que son básicos para el buen funcionamiento social y que posicionan a la capital del país como una ciudad de vanguardia y cosmopolita al incluir leyes de combate a la corrupción y a favor de una buena administración pública; que se reconoce como un espacio pluricultural, incluyente, un lugar para la protección a personas indígenas, donde hay derechos sexuales y reproductivos, además de contar con la protección y el derecho a los animales, entre otros.
Además uno de los grandes aciertos fue dejar fuera el tema de la plusvalía, el fondo de pensiones para ambulantes y la renta básica, entre otros.
Ante las tendencias proteccionistas a nivel global que han generado un incremento del miedo, promover un entorno competitivo que favorezca la inversión, la libre empresa y la productividad laboral es una prioridad para el marco regulatorio.
En ese sentido la Constitución no puede quedarse en un plano aspiracional, la aprobación de las leyes secundarias será de vital importancia para materializar esos buenos deseos y dotar a la capital del marco regulatorio a la altura de capital moderna y vanguardista, acorde a sus necesidades y su liderazgo nacional, para pasar de la utopía a la competitividad.
Presidente de Consultores Internacionales S.C.