Mañana, los miembros del Comité Ciudadano para el Plebiscito de la Constitución de la Ciudad de México solicitaremos audiencia con el jefe de Gobierno para hacer entrega de las firmas de miles de ciudadanas y ciudadanos que exigimos sea llevado a plebiscito el Proyecto de Constitución aprobado por la Asamblea Constituyente.
La convocatoria para plebiscito, de acuerdo con la Ley de Participación Ciudadana, es atribución exclusiva del jefe de Gobierno para someter a la ciudadanía acciones o decisiones que tengan relevancia para la Ciudad; puede hacerlo motu proprio o puede ser mediante la solicitud del 0.4% de ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores.
La Asamblea Constituyente no tiene una representatividad suficiente para validar una decisión de tal trascendencia como es la aprobación del Proyecto de Constitución para la Ciudad de México. Un vicio de origen en la reforma que vulnera la legitimidad del trabajo de los constituyentes ocurrió precisamente al aceptar que 40 de los 100 diputados fuesen designados mediante un sistema muy cuestionable.
El objetivo político de esta estrategia consistió en la creación de “mayorías ficticias” en la Constituyente, cuya misión fue la defensa a ultranza de un proyecto que no redactó ésta sino que estuvo impuesto desde la jefatura de Gobierno.
De esta forma el PRI, que sólo obtuvo cinco diputados en la elección directa, tiene en la Asamblea 22 escaños; de igual manera, el PRD que alcanzó 19 diputados, tuvo derecho a 29 escaños. Esta fórmula amañada se logró por una decisión absurda y antidemocrática que le otorgó al jefe de Gobierno y al Presidente de la República el derecho de proponer cada uno a seis diputados.
Por otra parte, la pobre difusión e información que fueron responsabilidad del gobierno y del Instituto Electoral capitalino sobre este importante proceso electoral, provocó una bajísima participación ciudadana que apenas llegó a 28% de los electores; además, el mal diseño de las boletas provocó errores en los votantes y la anulación de más de 7% de los sufragios.
Esto quiere decir que la Asamblea Constituyente está representando tan sólo a 12% de los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal y por lo tanto carece de legitimidad como para que su proyecto aprobado sea promulgado como nueva Constitución.
El artículo 39 de la Constitución General de la República establece que “la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo…”. Por lo tanto, el que se pretenda concretar la promulgación de la Constitución para la capital del país sin una consulta más amplia a la sociedad, resulta contrario al espíritu de nuestra Carta Magna.
La única forma de legitimación social del proyecto aprobado sería mediante la participación abierta de la ciudadanía, ya sea con referéndum o plebiscito, ambas figuras vigentes en la Ley de Participación Ciudadana. El primero puede ser aprobado por la propia Asamblea Constituyente en un artículo transitorio. Increíblemente, aunque el referéndum está en ley y además se confirma en el propio proyecto de Constitución aprobado, este importante ejercicio democrático no fue propuesto por ningún diputado y tampoco se aprobaron las iniciativas ciudadanas que lo contemplaron. Aún así, los constituyentes están a tiempo de hacerlo porque la Asamblea es soberana y puede aprobarlo.
Si la Asamblea Constituyente no promoviera el referéndum, el jefe de Gobierno, antes de promulgar la Constitución, puede —de acuerdo a sus facultades—, convocar a plebiscito. El plebiscito tiene carácter vinculatorio; es decir, si la mayoría de la ciudadanía lo aprueba, entonces procede a su promulgación, pero si lo rechaza se tiene que rehacer todo el procedimiento. Ésta es la razón por la que un grupo de asociaciones estamos impulsando la participación ciudadana, para que el proyecto aprobado de Constitución sea llevado a plebiscito.
La nueva Constitución no tiene que promulgarse el 5 de febrero —como lo afirman algunos diputados— si no es un buen proyecto. Lo que requiere la CDMX es una buena Constitución.
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