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En la Carta de Derechos del proyecto de la nueva Constitución para la Ciudad de México, que se discute en este momento por la Asamblea Constituyente, se incorpora en el artículo 14, fracción H, el “derecho al agua y a su saneamiento”.
Éste es un derecho humano fundamental garantizado en la Resolución 64/292, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 28 de julio de 2010, donde se reafirma que “un agua potable limpia y el saneamiento son esenciales para la realización de todos los derechos humanos”.
En México, el Congreso de la Unión aprobó el 8 de febrero de 2012 una reforma que agregó un párrafo al artículo cuarto de la Carta Magna, donde se establece que “toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para su consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible”.
Es importante mencionar que en la misma reforma se ordenó al Congreso expedir la Ley General de Aguas para que a través de ella se garantizaran los contenidos de este derecho fundamental en todo el país. Hasta la fecha, el Poder Legislativo no ha cumplido con esta obligación.
Pese a que el acceso al agua potable es un derecho humano, en diversos foros internacionales siempre se enredaban las discusiones, principalmente, por posiciones ideológicas que confundían el derecho al agua como la obligación del Estado de ofrecer el servicio gratuitamente. Lamentablemente, esta situación muchas veces ha llevado a decisiones equivocadas de autoridades y legisladores con la consecuente pérdida de un servicio eficiente y de calidad.
El artículo 14 del proyecto de nueva Constitución de la CDMX, fracción H, inciso 2, establece: “Se prohíbe toda forma de privatización”. El problema está en la confusión que muchos legisladores tienen sobre el concepto de “privatización”. Para algunos diputados cualquier participación de la iniciativa privada en el servicio de abastecimiento y saneamiento de agua representa una privatización, cuando en realidad al contratar a una empresa, ni se privatiza el recurso ni se privatiza el servicio.
Es un error que debe corregirse en el proyecto porque la participación privada en el servicio de agua no sólo es necesaria, sino imprescindible. En varias ocasiones hemos hablado sobre la condición crítica del acuífero de la Ciudad y los riesgos que esto conlleva en cuanto al abastecimiento seguro de agua para millones de personas.
La situación es muy grave: hay un mal servicio, fugas de hasta 40% de agua ya potable por obsolescencia en la red, prácticamente no hay tratamiento y reúso de aguas negras, sobreexplotación crítica del acuífero, hundimientos del suelo, contaminación, falta de medición y de cobranza, falta de recursos y la quiebra del organismo operador.
Se requieren urgentemente miles de millones de dólares para hacer frente a esta situación y una alternativa real es la participación de las Asociaciones Público Privadas (APP).
La Ley de Asociaciones Público Privadas es constitucional, aprobada a nivel federal y prácticamente en todos los estados, incluyendo la CDMX. No solo es legal sino yo diría obligatorio y urgente echar mano de este eficaz instrumento.
Mediante las APP se puede tener acceso a los recursos con los que hoy no cuenta ni la CDMX ni la Federación. En el Presupuesto 2017 se refleja un fuerte recorte a la inversión en infraestructura; por ejemplo, para la CDMX el Sistema de Aguas estima una reducción de hasta 70% en un programa de inversión de por sí limitado, lo que significa que no se podrá hacer prácticamente nada.
Si la redacción queda en los términos del proyecto no habrá ningún consorcio privado que se anime a invertir, razón por lo que en Ciudad Posible propusimos como una iniciativa ciudadana modificar la redacción del artículo 14 para “promover por todos los medios posibles la participación público privada en materia de abastecimiento y saneamiento del agua”. “Dios nos da el agua, pero no la entuba”.
ciudadposibledf.org
twitter: @JL_Luege