Los Pinos. El lunes pasado se llevó a cabo en Los Pinos un evento para conmemorar el cuarto aniversario de la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones. Estuvo organizado por Presidencia de la República y por la CANIETI (Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información) que tiene como afiliados —diría yo para resumir— a todos menos a América Móvil (AM). Asistió la plana mayor del sector pero lo que más me llamó la atención es que el único operador que habló en el evento fue Kelly King, CEO de AT&T México. Sí, invirtieron 3 mil millones de dólares en la compra de Iusacell y Nextel y están modernizando la red, pero me parece que fue un desaire para el resto de los operadores nacionales que también invierten y mucho. A eso súmele usted lo lejos que estamos de que el señor Donald Trump suba al pódium a hablar a una empresa mexicana y le aplauda. Pero además de esto, la imprudencia de subir al festejo a AT&T tiene también que ver con el momento judicial en el que está el sector, me refiero al litigio que se debate actualmente en la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, en relación a la interconexión cero de América Móvil. Ahí le va el tema.

¿Qué es la interconexión cero?

En junio de 2013, entró en vigor la reforma constitucional y en ella se dispuso una agenda cuya cronología tenía su lógica.

En septiembre de 2013 se integraría el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

En diciembre de 2013 el Congreso expediría la ley secundaria que detallaría lo establecido por la reforma constitucional.

En marzo de 2014 el IFT, ya conformado, desahogaría su amplia agenda aplicando la Constitución y la ley secundaria, como la publicación de las bases de licitación de dos cadenas de televisión nacional o la decisión de quiénes eran preponderantes y cuáles sus medidas asimétricas.

Pero el Congreso no cumplió con el plazo constitucional y expidió la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en julio de 2014. Para entonces el IFT ya había desahogado su agenda gracias al amplio mandato constitucional que le otorgaron, nombró como preponderantes a AM en telecomunicaciones y a Televisa en radiodifusión y les dictó las medidas asimétricas correspondientes. En el caso específico de la tarifa de interconexión, que es lo que se pagan las empresas por terminar la llamada de uno de sus usuarios en la red de otro operador, el IFT cuenta con una metodología de costos preestablecida y definió en 2014 que AM debía pagar 30 centavos de peso por minuto al resto de los operadores y a él le pagarían 20 centavos por minuto, ahí la asimetría. Sin embargo, el Congreso incluyó en el artículo 131 de la ley que la tarifa de interconexión que cobraría el preponderante sería de cero, mientras que AM sí seguiría pagando a sus competidores la establecida por el instituto.

En ninguna parte del mundo existe la interconexión cero como medida asimétrica, existe el llamado bill and keep, pero eso es otra cosa. Lo que hicieron los legisladores fue una barbaridad desde todos los puntos de vista, de esas ocurrencias políticas cortoplacistas e idiotas que a la postre dejan más problemas que beneficios. La tarifa cero es inconstitucional por varias razones:

1. Vulnera la libertad de comercio.

2. Es confiscatoria.

3. Es inequitativa, discriminatoria y arbitraria.

4. Es una invasión de facultades contra el IFT.

Sí, es el instituto quien tiene la facultad de dictar las medidas asimétricas, no el Congreso de la Unión. Además, incluir en una ley una medida tan dinámica como una tarifa es tanto como que los legisladores fijaran el tipo de cambio peso-dólar en la ley.

América Móvil va a ganar porque el 131 es inconstitucional y punto; la Corte tiene que arreglar el cochinero jurídico que hizo el Congreso. Por desgracia habrá un gran problema a todos los niveles, porque los operadores deberán pagarle la interconexión desde agosto de 2014 hasta la fecha y hacia el futuro. ¿Cuánto? lo que defina el IFT: cuatro meses y medio que no se pagaron en 2014 de a 20 centavos el minuto, más las tarifas de 2015 y posteriores que tendrá que calcularlas el instituto y no podrá decir que es cero porque ya tiene una metodología aprobada para su cálculo; seguramente irá a la baja drásticamente quizás para llegar a unos siete centavos en 2017, pero no cero.

Curiosamente, si el instituto hubiera interpuesto controversia contra la ley por menguar sus facultades, esto ya hubiese estado resuelto. Lo complejo en la Corte serán los efectos que se den a la sentencia, cuyo proyecto está ahora en manos del ministro Laynez y cómo equilibrarán la restitución de derechos de AM frente el interés público de proteger la competencia en el sector a favor de los usuarios, es la clave, está complicadísimo. Por todo esto, no era prudente subir al pódium a AT&T quien dijo literalmente que la razón de su inversión en México era la reforma y sus medidas asimétricas… qué necesidad de poner al Presidente Peña Nieto y a la Corte en esta situación, digo yo.

En la sobremesa.

Curiosa la negativa que propina la SCT el 23 de junio al periodista Adrián Arias, quien con folio 900179317 le solicitó vía transparencia la opinión no vinculante que expidió al IFT sobre la participación de Tecnoradio en la licitación… le responden que después de una búsqueda exhaustiva no encontraron nada porque no tienen atribuciones para emitir este tipo de opiniones.

Esperen ustedes muy buenas noticias de la Coordinación General de Política del Usuario del IFT, pronto veremos un sitio #soyusuario corregido y aumentado que reflejará, incluso, los mapas de cobertura de todos los operadores, fantástico ejercicio.

Presidenta de Observatel y profesora de la Universidad Iberoamericana en México. Este artículo refleja la posición personal de la autora.
Twitter: @soyirenelevy

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