Durante el II Encuentro Internacional: Juzgando con Perspectiva de Género, organizado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y por el Comité Interinstitucional de Igualdad de Género del Poder Judicial de la Federación, el Presidente de la SCJN señaló que “entre los objetivos del desarrollo sostenible, acordados por las Naciones Unidas para transformar nuestro mundo, destaca el de lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y a las niñas. La igualdad entre los géneros no es sólo un derecho humano fundamental, sino la base necesaria que toda la humanidad precisa para conseguir un mundo pacífico, próspero y sostenible”.
Este encuentro que reúne a jueces y académicos de los cinco continentes, organizado en 12 mesas de análisis y debate de casos jurisdiccionales que incorporan la perspectiva de género, es un espacio de intercambio de experiencias en el que lo importante es difundir que las políticas públicas transversales de género en las organizaciones públicas requieren el complemento que representa la certeza de que en el supuesto que surja un conflicto, éste se resolverá con una visión que no discrimine a las mujeres.
La lucha por la igualdad legal y real de las mujeres en un mundo gobernado por hombres ha sido larga, lenta y azarosa. Por ejemplo, en 1934, se aprobó una reforma constitucional que otorgaba el voto activo y pasivo a la mujer, la cual fue no promulgada por el Presidente Cárdenas. El voto se conseguiría hasta 1953. Pequeños avances, grandes esfuerzos.
Un paso significativo en el derecho de las mujeres en las décadas de los sesenta y setenta, fue la reforma al artículo 4 constitucional, que estableció que los varones y mujeres son iguales así como el derecho a decidir sobre el número y espaciamiento de los hijos. Ello, acompañado con la creación del Consejo Nacional de Población (CONAPO) y la extensión de los programas de planificación familiar representó un punto de partida para una mayor participación de la mujer en vida económica, social, política, jurídica y cultural del país.
La formalidad del derecho constitucional era igualitaria, lo que no se reflejaba en la legislación civil y penal. Entonces, se inició una reforma paulatina a las legislaciones que mantenían asimetrías normativas contra los derechos de la igualdad de la mujer como autorizaciones del esposo para enajenar bienes o limitaciones a heredar, entre otras.
Es indudable que hay múltiples avances de la perspectiva de género en la legislación, pero esto no basta. Es importante impulsar la adopción de esta perspectiva en lo jurisdiccional, en la que se dejen de lado estereotipos que afectan la igualdad de la mujer cuando acude a solicitar justicia. Sobre este tema, el Poder Judicial de la Federación, en sus distintas instancias, ha emitido criterios en los que se incorpora el trato igualitario, lo que no necesariamente significa una lucha de sexos, mujer vs hombre, que es un falso dilema (contenido en frases estereotipadas como “el hombre es de marte y la mujer de venus”) sino que implican una inclusión de individuos en una colectividad sin que la misma esté condicionada por el género, es decir, una cooperación entre mujeres y hombres sin discriminación, ni la asunción de roles tradicionales o prejuiciados.
En este sentido la igualdad en el texto constitucional es un principio complejo, que se aplica tratando igual a los iguales y desigual a los desiguales dependiendo de la circunstancia y esa es la esencia de juzgar con perspectiva de género. Es un ejercicio de ponderación permanente de derechos en la que la igualdad es un adjetivo que se busca para el desarrollo integral de la persona humana, que es lo sustantivo.
Entre los retos inmediatos ese encuentra que todavía es evidente la desigualdad en el acceso a la justicia. Hay diferencias entre mujeres y hombres, pero también entre grupos de mujeres urbanas, rurales e indígenas. Niñas, adolescentes y adultas mayores, con esquemas de discriminación diferenciados. Esto obliga a romper los esquemas viejos para solucionar los conflictos.
Sin embargo, en materia de violencia contra las mujeres, hay que empezar con un cambio profundo de actitudes. En eso me sumo a las palabras del Ministro Luis María Aguilar “No más hombres prepotentes y abusivos de las niñas y las mujeres. No más hombres violentos contra las mujeres. No más hombres llenos de prejuicios contra las mujeres, sí en cambio más hombres humanos, dignos, reconocedores de la igualdad de todo ser humano, más hombres cabales. No patanes.”
Profesor de Posgrado de la Facultad de Derecho de la Universidad Anáhuac del Norte
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