El imperio de Rafael Olvera Amezcua se extiende de San Antonio, Texas a Miami Beach, Florida, utilizando dos empresas de pantalla, ambas bajo la razón social San Antonio.

Estamos hablando de LT San Antonio series A LLC y LT San Antonio series B LLC.

En la ciudad texana vive su hijo Rafael Alejandro Olvera, con su esposa, la actriz Mariana Díaz Araujo, hasta hace poco usuaria habitual de las redes sociales donde presumía sus lujos.

Según registros electrónicos, la casa estaría valuada en 780 mil 890 dólares. La propiedad está a resguardo de un fideicomiso con las letras MDA Trust, es decir Mariana Díaz Araujo.

Se sabe que el hijo de Olvera Amezcua está tratando ante una Corte de Estados Unidos cambiar su apellido por el de Díaz.

De acuerdo a informes recibidos por el columnista, Olvera Amezcua tendría 21 empresas en Miami Beach, Florida.

Aunque se ha dicho que existe una orden de aprehensión contra éste, hasta hoy los cargos no han sido clarificados, ni se tiene conocimiento oficial de que se hubiera planteado una requisitoria de extradición de cara al gobierno de Estados Unidos.

En los primeros meses del escándalo que afectó desde el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal hasta diversos municipios del Estado de México, pasando por unos ocho mil ahorradores que le habían apostado a su retiro colocando en la ruleta todos sus ahorros, se habían descubierto al menos 20 propiedades de Olvera Amezcua en la entidad mexiquense.

La suma de los inmuebles, terrenos, casas de lujo, viviendas de interés social, asciende 150 millones de pesos.

Se diría pues, que la mayor parte del dinero depositado se iba con proa a los Estados Unidos, donde se fue preparando la huida ante el inminente estallido.

Olvera mantiene una empresa con ramificación en España denominada Leadman Trade, que al parecer fue la fuente para drenar los recursos.

La advertencia había llegado el 13 de abril de 2012 vía la calificadora de deuda HR Ratings, quien hablaba de un abanico de irregularidades empezando por no tener miembros independientes en el Consejo de Administración.

Textualmente se hablaba de “poca transparencia en el detalle de su información financiera a partir de sus dos comités internos y los dictaminados por el auditor”.

Además, alertaba del alto nivel de dependencia de su parte relacionada, cuya deuda había crecido peligrosamente en relación con sus activos, concentrándose en dos bancos: IXE y Bancomer. Al parecer al primero le debía 15 millones; al segundo 39.

La financiera popular, naturalmente, le daba crédito ilimitado.

Como usted sabe, constituida una comisión legislativa que atendiera el caso, ésta derivó sus tareas a una iniciativa de reforma conocida como Ley Ficrea, que planteaba la posibilidad de que Nacional Financiera creara un fideicomiso para cubrir al 100 por ciento a los damnificados personas físicas, que naufragó ante una serie de críticas que hablaban de la resurrección del estilo Fobaproa.

Los recursos se pagarían con la venta de las propiedades confiscadas al accionista principal.

El caso se colocó como paradigma del abuso y la deshonestidad en el manejo de recursos de ahorradores de buena fe.

Sin embargo, la pasividad no empata con la gravedad del asunto.

La impunidad se asolea bajo el sol de Florida.

Balance general. De acuerdo a lo previsto con la nueva Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la posibilidad de entregarle un finiquito a un contratista del gobierno federal está condicionada a la entrega de un comprobante de no adeudo del Instituto Mexicano del Seguro Social.

El requisito está provocando un cuello de botella para decenas de firmas constructoras o proveedoras de Petróleos Mexicanos, la Comisión Federal de Electricidad o las propias entidades federativas, ante la mala suerte de enfrentar litigios con el organismo tripartita.

A veces el problema se centra en que a juicio de éste no se clasificó correctamente el riesgo de un trabajador de cara a la cuota correspondiente a cargo del patrón, o a bajas que no fueron reconocidas.

En ambos casos se niega el papelito.

Lo que tradicionalmente marcaba la ley es un comprobante del Servicio de Administración Tributaria sobre el pago de tributos, en este caso como requisito para participar con la licitación.

Sí había daño. En una más de la justicia a la mexicana, el segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito con sede en Guadalajara, le acaba de conceder un amparo a Petróleos Mexicanos… planteado hace ocho años.

La entonces empresa paraestatal quería protección frente a una demanda promovida por la empresa productora de aceites y lubricantes automotrices Bardahl, en reclamo de daños y perjuicios por contratos otorgados a la firma Mexicana de Lubricantes.

Esta había sido colocada en un escenario monopólico al concedérsele 20 años de exclusividad para vender sus productos en la red de gasolineras del país.

En paralelo, la firma utilizaba la marca Mexlub que pertenecía a Bardahl, a quien se le había arrebatado por presión de Pemex.

Según el tribunal que atendió la causa en segunda instancia, no se acreditó el daño a la firma propiedad de Sergio Díaz.

Para llegar a ello los magistrados se tardaron ocho largos años.

Otra vez el dólar. Aunque por segunda ocasión en menos de una semana el banco de México se brincó la ortodoxia para elevar el monto de la subasta de dólares de 200 a 373 millones, la medida solo sirvió para llenar el bolsillo de los especuladores.

La paridad se sitúa en 16.66 pesos.

El pretexto, ahora, fue la devaluación del yuan chino en una proporción de dos por ciento frente al propio dólar.

Mientras tanto el instituto central sigue cortando las hojas de la margarita para decidir si eleva la principal tasa de interés interna.

Perdió Dish. Finalmente la empresa de televisión satelital Dish perdió una demanda colectiva interpuesta bajo el patrocinio de la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor contra lo que se consideran cláusulas abusivas en sus contratos.

La principal de ellas obliga a la clientela a una permanencia mínima de un año, bajo el alegato de que la empresa requiere amortizar el costo del decodificador entregado al usuario, por más que se exige que se reintegre.

La paradoja del caso es que el origen de la querella fue una serie de spots de Televisa sobre su propio servicio, cuyo efecto era, justo, que habría un descuento para quienes se cambiaran de empresa.

La gestión alertó a los usuarios.

albertobarrancochavarria0@gmail.com

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