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Hoy que se cumple el centenario de la Constitución de 1917, parece obligado mencionar que de ella queda muy poco, pues las más de 600 modificaciones que calculan los expertos han conseguido alterar el eje rector de su contenido. La importancia de la Constitución desde el punto de vista político, reside en que es la expresión jurídica del pacto social surgido de la Revolución Mexicana.
En realidad, cualquier balance objetivo del movimiento armado tiene que reconocer que el proyecto histórico que hegemoniza a la Revolución es romper las trabas para el desarrollo del capitalismo en el país, que representaba la dictadura de Porfirio Díaz, sumido en las contradicciones de un Estado oligárquico que ciertamente asiste a los primeros pasos de la industrialización, pero que obtiene su fuerza de los hacendados, esto es de la economía rural, que propicia el Estado de mano dura, que multiplica la injusticia, ahoga la democracia y lleva la explotación de los campesinos a límites insufribles, los arraiga en las haciendas y dificulta por lo tanto la liberación de la fuerza de trabajo, condición indispensable para la formación del ejército de proletarios al servicio de la industria.
Pero independientemente de que el desarrollo del capitalismo sea el proyecto histórico hegemónico, nadie podía ignorar que campesinos y obreros, aunque estos últimos en menor medida, habían constituido los ejércitos de todas las facciones revolucionarias, sean villistas, zapatistas o carrancistas. Por eso el pacto social, esto es el acuerdo entre las fuerzas sociales presentes en un momento determinado, no podía excluirlos, lo que quiere decir que la Constitución, que, como decía, es la expresión jurídica del pacto social, tenía que incorporar las demandas esenciales de los campesinos y los obreros. Y en efecto, así fue.
Las demandas populares, es decir las del pueblo, se consagraron en tres artículos, el tercero, que se refiere a la educación, y también a los principios ideológicos que debían regir la vida democrática. El 27, que establecía la propiedad del territorio y el subsuelo a la Nación, y que sería más tarde el sustento de la reforma agraria, del reconocimiento de la propiedad social de la tierra, y también de la nacionalización del petróleo en el régimen de Lázaro Cárdenas. Finalmente, las demandas básicas de los trabajadores se convirtieron en derechos en el artículo 123.
Con la imposición del neoliberalismo a partir de 1982, sucesivas reformas a la Constitución fueron alterando el contenido original de esos tres artículos fundamentales, en especial con las tres reformas llamadas estructurales que afectan más profundamente los contenidos constitucionales: la reforma laboral, la educativa y la energética. De este modo, lo que ha sucedido es la ruptura del pacto social, surgido de la Revolución Mexicana y que había sido, a lo largo de casi 100 años, el sustento efectivo de la paz social. Por eso no es extraño que lo que se observa en la sociedad mexicana sea un descontento generalizado. No es que exista una conciencia de que se ha roto el pacto social y el proyecto histórico de la Revolución de 1910, lo que resienten las clases trabajadoras del país es que han perdido un conjunto de derechos y que el neoliberalismo tiene un carácter excluyente y altera de raíz el proyecto histórico.
De la Constitución de 1917 queda poco, pero precisamente por eso es necesario reconstruirla, defenderla y cumplirla. No es que el texto constitucional sea inamovible, ni que no puedan incorporarse nuevos preceptos al paso de las transformaciones sociales, lo que no puede aceptarse es que las modificaciones tengan un carácter excluyente, desconozcan principios fundamentales de la vida democrática o pongan en peligro el patrimonio de la Nación.
Profesora de la Facultad de Economía e Integrante del Centro de Análisis de Coyuntura Económica, Política y Social, CACEPS–UNAM. caceps@gmail.com