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En la evolución de los sistemas sociales se tiende a ir de lo simple a lo complejo. De ahí que el combate a la corrupción, del que no se hablaba con la intensidad de los últimos años, sea ahora la razón medular para la creación de un organismo de coordinación clave para el fortalecimiento —y diría incluso, subsistencia— de nuestra democracia. El Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) busca establecer los principios rectores de coordinación entre autoridades y sociedad con la finalidad de prevenir, detectar y sancionar la corrupción. Es decir, es la vía idónea para la ejecución del reclamo social de acabar con la impunidad y el cinismo.
Ahora bien, derivado de que México registró en 2016, de acuerdo con Transparencia Internacional, su peor Índice de Percepción de Corrupción desde 2005 (30 de 100 puntos posibles), es sumamente relevante que todo aquello relacionado con el SNA se reporte con completa transparencia. No hay lugar alguno para la niebla. Cuando no se hace todo el esfuerzo necesario por rendir cuentas al respecto, automáticamente disminuye la certeza jurídica y se pone en duda que sus acciones vayan encaminadas a cumplir su cometido. Por eso, cuando en fechas recientes un particular solicitó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) información acerca del impacto presupuestario que tendría el SNA y la instancia le respondió sin agotar las fuentes de consulta, mucho se puso en juego; igualmente debido a ello es que en el Inai decidimos revisar el caso.
Tenemos claro el panorama de corrupción en el país, el real y el percibido, casi como pocas materias de análisis. Por ejemplo, sabemos que, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental de 2015, de cada 100 contactos con servidores públicos, 12.6 implican actos de corrupción. Conocemos también de los procesos y características de la puesta en marcha del SNA: que se tiene un techo presupuestario para ello; que se llevó a cabo lo necesario para la instalación del Comité de Participación Ciudadana y del Comité Coordinador; que existe ya un órgano de gobierno el cual ya cuenta con un secretario técnico y, por supuesto, que son siete organismos los que conforman el Sistema.
En la respuesta brindada por la SHCP, solo se entrega al particular lo relativo a uno de esos siete organismos, a la Secretaría de la Función Pública para ser precisos, bajo el argumento de que los otros dependen de poderes o instancias que cuentan con autonomía para determinar sus propios presupuestos. Aunque tal situación en primera instancia pudiera tener lógica, solo puede afirmarse una vez colmado el procedimiento de búsqueda que dispone la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Y en el análisis realizado en Inai determinamos que, ya que los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos deben enviar a SHCP sus proyectos de presupuesto con la finalidad de que se integren al Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), la Secretaría pudo utilizar ese criterio con el objetivo de identificar lo solicitado.
En suma, dedujimos que la SHCP, incluso pudiendo tener razón en su argumentación, utilizó un criterio de búsqueda restrictivo al omitir turnar la solicitud a las áreas que pudieran ser competentes para conocer de lo solicitado. De ahí que se sugiriera a la dependencia el modificar su respuesta y enviarla al solicitante habiendo agotado primero todas las opciones de búsqueda posibles.
Insisto, la materia es delicada. Según Latinobarómetro 2016, solo 1 de cada 2 mexicanos está de acuerdo o muy de acuerdo en que la democracia permite que se solucionen los problemas que tenemos. En consecuencia, no se debe escatimar en esfuerzos de rendición de cuentas y transparencia. Estoy segura que existe buena voluntad de los sujetos obligados, del mismo modo, confío en que la sociedad siga buscando, preguntando y, parafraseando a Michel Foucault, criticando las instituciones identificadas como las más neutras e independientes para hacer notar cualquier obscuridad y podamos así luchar contra ella.
Comisionada del INAI.
@XimenaPuente