El Barómetro de Corrupción Global de Transparencia Internacional señaló en 2013 que arriba de 80% los mexicanos creíamos que los partidos políticos, los legisladores, los miembros del sistema judicial, la policía y los burócratas eran corruptos. Ahí mismo se apunta que 61% de los encuestados declaró haber dado un soborno a la policía; 55%, a las autoridades judiciales; 31%, a servicios de administración de tierras, y 27%, a funcionarios para la obtención de registros y permisos. Más recientemente, en la Encuesta Nacional GCE 2016, la corrupción/impunidad es vista por la población como el segundo problema más grave del país. Todo esto establece claramente que la corrupción es un asunto que afecta la confianza, el desarrollo, la política y todo cuanto hacemos de manera cotidiana.
Resulta obvio anotar que los frentes para combatir este mal son entonces muchos, pero permítanme comenzar planteando una aspiración general rectora: respetar la ley. Y para hacerlo, debe ser siempre la mejor de las opciones para el ciudadano y las autoridades. Si la ruta idónea para, por ejemplo, pagar una infracción es pagar la infracción, se reduce de manera importante la posibilidad de buscar “otra solución”; del mismo modo, si la acción más conveniente para tener un negocio próspero es pagar los impuestos, no se pensaría en evadirlos. Ante estas circunstancias, la ley debe ser pieza fundamental en el Estado de Derecho para combatir la corrupción.
De manera paralela, una medida que favorecería la disminución de la corrupción sería el reconocer que de la pluralidad de nuestra sociedad surgen diversos intereses, mismos que por justicia deben tener el mismo respeto y consideración por parte del Estado y del gobierno en turno. Al reconocer el interés de varios, se puede ver como la mejor opción es cumplir con la ley para evitar favoritismos que dejen ver, en apariencia o no, una toma de decisiones discrecionales. Y esa ley, debe reflejar la dominancia en todo momento del interés común.
De igual forma, se requiere de que, por política de Estado, los gobiernos en turno y los organismos públicos trabajen duro, muy duro para revertir esa baja credibilidad que mantienen. Se debe mostrar eficacia y eficiencia en las labores, entender el privilegio que representa que formemos parte del servicio público. Cada vez que alguien en la burocracia nacional muestra poca disposición de apoyo o cada ocasión que un ciudadano quiere plantarse por encima de la ley, las normas o los procedimientos, aparece la oportunidad para la corrupción. Así, exigir la rendición de cuentas y el acceso a la información como forma de presión y en su caso de denuncia es fundamental.
En el mismo sentido, la ley debe procurar la igualdad en todo nivel, comenzando por una justa división de poderes. Sin un adecuado sistema de pesos y contrapesos se corre el riesgo de reservar privilegios, o fomentar condiciones de excepción para cualquiera de los representantes de estos poderes, dando así acomodo a la corrupción. La igualdad entre lo judicial, legislativo y ejecutivo, debe reflejarse en que la sociedad en general goce de igualdad de derechos, de oportunidades, de género y ante la justicia; así se empodera a la sociedad y se permite a todos pensar, con una base digna, en el futuro que queremos como país.
Finalmente, la cualidad de transparencia en un Estado, que de acuerdo con el Ministro Cossio genera “un amplio flujo de información disponible como condición general de funcionamiento del Estado, más que como resultado de condiciones procesales particulares”*, es un requisito fundamental para el combate a la corrupción. Y no se trata de transparentar solo números sino también, las formas en que se toman las decisiones para saber si el máximo interés considerado es el de la mayoría.
Como puerta de esperanza, en el Barómetro de Corrupción Global que señalé al principio, 81% de los participantes aseguró que es la gente común la que puede hacer un cambio en la batalla contra la corrupción. Es decir, todos, decididos a transformar.
Consejera presidente del Inai.
@XimenaPuen
*Cossio, J. R. (Octubre de 2005). ¿Es la transparencia una condición del Estado de derecho? Este País(175), 40-46.