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En septiembre de este año, el Grupo de Trabajo sobre Empresas y Derechos Humanos de la ONU realizó una visita a México para identificar la situación de la implementación de los principios de la ONU relativos a la responsabilidad de las empresas en materia de derechos humanos.
Al concluir su visita, el Grupo de Trabajo dio a conocer un mensaje en el que manifiesta sus impresiones respecto al contexto general que priva en México en materia de derechos humanos, y la incidencia que las empresas tienen en tal situación.
Destaca que en México existe un nivel crítico de violencia, inseguridad e impunidad y que, además, enfrenta altos niveles de pobreza y desigualdad; resalta que más de la mitad de la población vive por debajo de la línea de pobreza y que hay grandes disparidades en cuanto a la distribución del ingreso.
Además, saca a relucir algunas verdades incómodas, como la situación de los jornaleros y peones, cuya situación califica de “dramática”, dado que de los 2.42 millones de jornaleros y peones, más de 800 mil no reciben remuneración alguna, y 750 mil solamente ganan el salario mínimo. Además, pone de manifiesto que en México el trabajo infantil continúa siendo un factor que provoca gran preocupación, pues 2.48 millones de niños y niñas en México trabajan de un modo o de otro, de los cuales, más de un millón son menores de 15 años, y 900 mil no van a la escuela. Hizo especial mención a los sectores mineros, de construcción y desarrollos turísticos, que con frecuencia afectan a las comunidades de los pueblos indígenas.
Lo anterior nos debe de hacer reflexionar, para aceptar la realidad, y hacer que se adopten las medidas necesarias para que las prácticas de las empresas que impliquen explotación humana, discriminación y afectación al medio ambiente, sean erradicadas y se prevengan. Para ello es necesario que exista una normatividad que exija que las empresas, sobre todos aquellas cuyos valores se cotizan en el mercado de valores o cuyo giro principal sea una actividad que en sí misma pudiera facilitar dichas prácticas, se sometan a una auditoría externa para calificar su grado de cumplimiento con los estándares previstos en los principios de la ONU ya mencionados. Por ejemplo, así como las emisoras cuyos valores cotizan en Bolsa están obligadas a informar al mercado sobre las llamadas “mejores prácticas corporativas”, así deberían de informar sobre el nivel de cumplimiento de los principios de derechos humanos. Al “mercado” debería importarle más que una empresa no discrimine o no utilice fuerza laboral infantil, a que celebre juntas de consejo periódicas. Todas las empresas deberían de tener un comité de mejores prácticas sobre derechos humanos.
El Grupo de Trabajo, en una de sus conclusiones, indica que el principio de “due diligence”, es decir, de revisión o vigilancia, está en el núcleo de los principios de la ONU sobre empresas y derechos humanos, como medida preventiva de los daños que las empresas pudieran provocar al violar derechos humanos. Así, el Grupo de Trabajo observa que en México no hay una política coherente, ni un marco legal apropiado, respecto de auditoría de las empresas en esta materia. Lo señalado por el Grupo de Trabajo es fundamental, en el sentido de que es necesario que las empresas se sometan a auditorías externas para que se pueda determinar si sus prácticas se encuentran alineadas a los principios sobre la responsabilidad de las empresas en materia de derechos humanos de la ONU.
Tal vez, las autoridades bursátiles deberían poner el ejemplo, complementando su código de mejores prácticas corporativas con un anexo relativo a mejores prácticas en materia de derechos humanos.
Presidente del Comité contra las Desapariciones Forzadas de la ONU
@CORCUERAS