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La certeza no es un bien de poca monta. Es el principio que permite prever las consecuencias de nuestros actos. En el mundo del Derecho es un valor cardinal. Las reglas nos sirven para orientarnos en el complejo mundo de la interacción social. Cuándo las reglas se despliegan en el ámbito de la política, el valor de la certeza se redobla. Por eso, los expertos en democracia sostienen que ésta es —ante todo— un conjunto de reglas. Los actores del juego democrático pueden planear sus estrategias y anticipar las secuelas de sus actos porque operan sobre normas ciertas con derroteros claros.
Como corolario de la certeza, es importante la estabilidad en la vigencia de las reglas. De ahí, por ejemplo, que me parezca un despropósito mayúsculo reformar la Constitución para implementar una segunda vuelta electoral en 2018. No se me ocurre una mejor manera de inyectarle incertidumbre a la política nacional. La ocurrencia pondría en vilo todas las reglas y todos los procedimientos electorales.
La reflexión viene al caso para pensar también otro asunto —evidentemente— electoral. Desde su reciente integración, en octubre de 2016, la Sala Superior del Tribunal Electoral Federal arrastra un lastre de incerteza. Recordemos que a los magistrados se los nombró primero por un determinado periodo de tiempo y, después de tomar protesta en el cargo, se reformó un artículo transitorio de la ley en la materia para ampliar el mandato de cuatro de ellos. Así que en un acto inusitado —y un poco vergonzoso— tomaron protesta de nuevo. La decisión legislativa generó críticas de la opinión pública y provocó la presentación de dos acciones de inconstitucionalidad ante la SCJN. Así que la certeza de la duración en el cargo de cuatro magistrados saltó por los aires.
Después de siete meses hoy existe un proyecto de sentencia elaborado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Todo indica que en los próximos días será discutido por el Pleno de nuestro Tribunal Constitucional y el asunto quedará al fin zanjado. Con argumentos interesantes —y, a mi juicio, convincentes— el proyecto propone corregir la plana a los legisladores y declarar inconstitucional el Decreto por el que se amplió el mandato a los magistrados. Su lógica es la siguiente.
El nombramiento de los jueces electorales fue realizado, después de un complejo proceso que involucra a la SCJN, por el Senado mediante una votación calificada. La ampliación del mandato, en cambio, la realizó el Congreso de la Unión con una regla de mayoría simple. Con ello se alteró una decisión de otro órgano sin tener competencia para hacerlo. De paso, sostiene el ministro, se afectó la independencia judicial porque ésta depende de que la colectividad y los jueces tengan certeza “de que las condiciones de estabilidad en el cargo (de éstos) no son modificables discrecionalmente” por los órganos políticos “a los que se debe controlar en el régimen electoral”.
Además, con tino y sin rodeos, en el proyecto se reivindica la lógica del escalonamiento en la integración de la Sala Superior que quedó mutilada con la decisión de los legisladores. La decisión altera “la idea constitucional de conseguir experiencia y renovación periódica” en armonización con la temporalidad de los procesos electorales. De esta manera, se propone salvaguardar el fin sustantivo que perseguía el artículo transitorio y, de hecho, plantea que debe recuperar vigencia en su redacción original. Es decir, Ortiz Mena, pide a sus colegas recobrar la certeza perdida cuándo el legislador trastocó una decisión consumada.
El proyecto necesita el apoyo de otros siete ministros para prosperar. En buena lid, si lo que cuenta es el Derecho y su custodia, debería generar un acuerdo unánime. Ya en otra ocasión dije que la razón de aquella reforma absurda era meramente política. Y los jueces están para garantizar que el Derecho se imponga al poder y sus caprichos. Al menos eso es lo que dice la teoría constitucional digna de ese nombre.