Si fuera constituyente de la CDMX esta sería mi propuesta para el artículo 1º de la nueva Constitución: “En la Ciudad de México todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos por la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales de los que México sea parte y las leyes vigentes. Esos derechos serán interdependientes, complementarios y tendrán la máxima jerarquía normativa”. Tan, tan.

Esa norma evitaría una repetición —innecesaria desde la perspectiva jurídica y azarosa en términos gramaticales— de todos los derechos de los que ya somos titulares. Además, con esa formulación, se ampliaría lo que los teóricos llaman “bloque de constitucionalidad” en materia de derechos también a los que están contenidos en la legislación secundaria. Así, en cuatro renglones, quedaría asentado que las personas que habitan o transitan por la ciudad son titulares de un amplio conjunto de derechos que ya están contenidos en otros ordenamientos. Y, para blindarlos, en el segundo artículo de mi constitución imaginaria, sancionaría que: “En la CDMX tendrán vigencia los principios de progresividad y no regresividad en materia de derechos humanos”.

Sobre esas bases —en un capítulo breve y claro— sólo agregaría en la Constitución algunos derechos y principios que han distinguido y deben seguir distinguiendo a la capital de la República. Lo haría a través de fórmulas abstractas que pudieran hacerse valer en múltiples ámbitos de nuestra vida personal y social. Por ejemplo: “En la CDMX se garantizará, a todas las personas, el pleno ejercicio de la autonomía individual y el libre desarrollo de su personalidad. Estos principios sólo serán limitados cuando lesionen derechos de terceros o bienes públicos fundamentales”. Así, en menos de 40 palabras, quedarían garantizados nuestros derechos a pensar, creer, vestir, consumir, fumar, emprender, etc., lo que nosotros deseemos y; a disfrutar, gozar, amar, etc., a quien nosotros queramos (siempre que él/ella quiera). La igualdad en el derecho a ser distintos quedaría protegida para todos.

Acto seguido incluiría algunos derechos que hasta ahora no han sido reconocidos a las personas —en particular a las más vulnerables— en nuestro país. Por ejemplo, distinguiría a la CDMX como la primera entidad que reconoce derechos a las trabajadoras y a los trabajadores domésticos. Derechos básicos —salario digno, descanso semanal, vacaciones pagadas, seguridad social, indemnización por despido, etc.— que están contenidos en el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo y que el Estado mexicano no termina de ratificar. De esta forma, la CDMX sí sería una capital progresista, garantista y de vanguardia.

Para finalizar, renunciaría a la tentación de llevar a la constitución derechos que ya se han ganado y que un paso en falso podría poner en riesgo. En particular evitaría en la constitución cualquier alusión al concepto de “vida” porque podría ser utilizado para impugnar el derecho que tienen las mujeres en la ciudad a interrumpir legalmente un embarazo. Pero también me abstendría de reivindicar ese derecho en la nueva constitución. La razón es simple: cualquier alusión al mismo podría ser impugnada ante la SCJN. La interrupción legal del embarazo (ILE), desde 2007, es un derecho de las mujeres que se logró con una reforma al Código Penal que fue impugnada y validada por los jueces constitucionales en su momento. Reabrir el debate sería un craso error.

Un remate: el artículo 1º que propongo blindaría todos los derechos que tenemos en la ciudad —incluyendo la ILE que quedaría dentro del “bloque constitucional de derechos”— y sentaría las bases para expandirlos y garantizarlos. Sería, al mismo tiempo, una norma de reenvío y de apertura. Y, aunque no sería una norma glamorosa, sería técnicamente sólida. Y eso es lo que deben ser las constituciones: normas fundamentales vinculantes; no manuales de buenas intenciones repletos de florituras.

Director del IIJ de la UNAM

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