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En días pasados, fuimos testigos de cómo los pactos entre partidos para el reparto de cuotas por nombramientos pueden llegar a extremos de provocar una ruptura constitucional. Por acuerdo de las tres principales fuerzas políticas, el 27 de octubre pasado, la mayoría de los senadores aprobaron reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial para extender el periodo del nombramiento de 4 de los 7 magistrados electorales. Apenas una semana después de haber concluido el elaborado proceso de selección de los nuevos magistrados, e incluso después de haberles tomado protesta, los senadores resolvieron alterar los plazos de los nombramientos, establecidos desde la reforma electoral de 2007-2008, violando con ello principios esenciales de derecho, garantizados por nuestra Constitución general.
Con el argumento de dotar de mayor continuidad y certeza a la integración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que es el organismo encargado de calificar las elecciones presidenciales y de garantizar la justicia electoral, los senadores atropellaron un fundamento básico de derecho que establece que las leyes deben ser generales, abstractas e impersonales, es decir, no pueden tener dedicatoria. La reforma en cuestión choca con estos principios porque tiene destinatarios con nombre y apellido, pues se aplicará a los magistrados que ya fueron designados por 3 y 6 años, para prolongarles su encargo a 7 y 8 años respectivamente.
No importa que la reforma redunde en un beneficio, es decir, que la retroactividad no sea perjudicial para ellos, el problema es que nuestros legisladores pisoteen ordenamientos legales esenciales, sólo porque así conviene a los intereses de las principales fuerzas políticas. Los senadores se percataron a destiempo que habían aprobado un escalonamiento que no favorecía por igual a los magistrados propuestos por cada uno de los partidos, con lo cual reconocen su pretensión de mantener correas de transmisión con los jueces electorales, en lugar de pugnar porque se desempeñen con independencia e imparcialidad.
Pero, hay otro elemento de quebranto constitucional, porque esta reforma para extender los plazos de más de la mitad de los magistrados atenta contra el procedimiento legal del nombramiento que involucró a dos poderes, ya que la SCJN se encargó de construir, a partir de la convocatoria abierta, las 7 ternas de candidatos a magistrados para que, a partir de ahí, el Senado los designara por una votación de dos terceras partes. La reforma extemporánea, avalada por la mayoría de los senadores, pervierte el proceso en el que intervinieron los dos poderes.
Los senadores han evidenciado el desprecio que tienen por las leyes que ellos mismos aprueban; también han demostrado que son incapaces de
vislumbrar las consecuencias a corto y mediano plazos de sus decisiones. La violación constitucional que implica esta reforma al escalonamiento de los magistrados, amenaza con minar seriamente la legitimidad del TEPJF que habrá de calificar la elección presidencial de 2018. De hecho, uno de los 17 senadores que votaron en contra de la reforma en cuestión, señaló que la maniobra “abre la puerta para el fraude”, porque la integración del TEPJF quedará en entredicho y lo peor es que puede ser un factor para impugnar la validez de sus resoluciones, en particular, de la calificación de las elecciones.
Bien sabemos que la elección presidencial de 2018 se perfila como más complicada y controvertida que la de 2006. Es vergonzoso que los senadores minimicen la gravedad de esta decisión que abona a la mermada credibilidad de las instituciones públicas y al desprestigio creciente de los partidos políticos, en un contexto de hartazgo ciudadano. Esperemos que esta quiebra constitucional no sea respaldada por la Cámara de Diputados.
Académica de la UNAM.
peschardjacqueline@gmail.com