Llegamos a la recta final del plazo señalado por la propia reforma constitucional en materia de justicia de 2008 —según su propio régimen de transitoriedad—, pues en el horizonte ya se otea su límite a mediados del año entrante. Mucho se ha escrito y reflexionado al respecto; es ocupación y preocupación de todos, operadores del Derecho y legos, ciudadanos de a pie que tal vez, sin tener nada que ver con conflictos con la ley y la justicia, están atentos, sin embargo, a este nuevo hito del discurso histórico mexicano. No es para menos, de justicia estamos hablando, de uno de los valores más caros para cualquier sociedad y de una instancia del Estado que se espera siempre sea confiable y eficaz.

El esfuerzo ha sido mayúsculo en todos los frentes interesados por implementar de buena manera los rasgos que distinguen a esta gran reforma pacífica de la justicia. Nadie ha quedado fuera del empeño, ni del desempeño en una facturación que se miraba enorme, de calado mayor. Hoy seguimos viendo las dimensiones de todo lo implicado, pero estamos debidamente pertrechados a estas alturas para llegar a la meta. Se cumplirá en toda su extensión la exigencia constitucional, en todos los fueros y en todas las regiones del país.

Sin embargo existen algunos temas fundamentales en todo esto, que debemos abordar a conciencia, pues de trastocar conciencias se trata. Ya no referimos instrumentos legales, procedimentales o de arquitectura de juzgados o de entrenamiento profesional para un correcto desempeño, entre otros, que ya exploramos con abundancia, aunque aún no estemos del todo satisfechos, pero todo está calculado y se alcanzarán los objetivos. Menciono algunas cuestiones que deben aparejarse a la instrumentación misma:

1.—Concebir un Derecho Penal mexicano único e integral, sujeto a conceptos adecuados y principios uniformes para todo el país, articulando un nuevo federalismo más cooperativo, más actualizado, más moderno;

2.—Alcanzar finalmente en la legis-lación, por supuesto, pero sobretodo en las mentes de cada cual, un amplio consenso y apertura a la equidad de género; varones y mujeres en un plano de igualdad, que sabe reconocer desigualdades de grado, para aspirar a una justicia cabal y equitativa, que brinde trato y resultados iguales;

3.—Lograr conjuntar discurso y realidad en materia de justicia para adolescentes, más allá de una legislación novedosa y firme; es preciso comprender que ese universo juvenil requiere de marcos de actuación específicos y muy cuidados;

4.—Promover y diseñar modelos de auténtica autonomía orgánica, técnica y presupuestal, tanto en el Ministerio Público, cuanto en las diversas judicaturas; este renglón es básico bajo los requerimientos del nuevo modelo de justicia, pues sólo así, se incorporará credibilidad y confianza ciudadanas en sus aparatos públicos de procuración e impartición de justicia; e

5.—Impulsar una actitud en los operadores del Derecho, adecuada a los nuevos principios rectores que informan el cambio. Al no regir el pensamiento arcaico consistente en que todo juicio penal debiera desembocar en la imposición de una pena mortificante, a fin de aplicar los medios de la antigua readaptación social como pócima mágica, es preciso ahora, adoptar una mentalidad moderna y no meramente represiva.

Hay mucho por hacer en estas materias; una de ellas, cambiar la concepción y percepción de nuestra ley penal y nuestros modos y medios de justicia.

Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

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