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Luego de permanecer al margen del control constitucional, desde 1996 la justicia electoral mexicana resuelve —a través de un completo sistema de medios de impugnación— las diversas controversias que se vinculan con el proceso comicial.
Actualmente, la ley general en la materia es la base para esa tutela judicial efectiva de la organización de las elecciones, de la vida interna de los partidos políticos y de la posibilidad de revisar las sentencias dictadas por los tribunales competentes.
Dentro de sus instituciones procesales, el denominado “juicio para la protección de los derechos político-electorales”, ciertamente ocupa hoy un lugar central, justamente al otorgar materialidad a esos derechos en favor de los ciudadanos.
Su diseño tomó en cuenta que la materia electoral había estado acotada al no contemplar la suspensión de actos electorales, lo que exigió —como primer paso— la lógica brevedad en su instrumentación mediante la concentración procesal. No obstante, la realidad es que el reciente redimensionamiento de los derechos políticos, traducido en figuras como la candidatura independiente, la paridad de género y la protección a pueblos indígenas, hacen aconsejable una nueva revisión.
La progresividad sustantiva del Sistema Interamericano de Derechos Humanos exactamente es acorde con el permanente fortalecimiento de los derechos humanos de las personas, incluyendo los de naturaleza político-electoral.
Efectivamente, si bien el Pacto de San José esencialmente incorpora en sus artículos 8.1, 24 y 25 las garantías de audiencia y de debido proceso, la verdad es que su más cercana interpretación ya se dirige a la denominada “justicia equitativa”.
Se trata de una tendencia lógica que apunta a la igualdad de armas y de participación procesal igualitaria, contenidos en los artículos 6 y 13 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.
De este modo, consideramos que la nueva justicia nacional electoral debe transitar hacia la definitiva equidad procesal, que garantice el acceso a una jurisdicción eficaz, completa e integral, que comprenda la debida ejecución de la resolución.
Esa equidad adjetiva debe permitir que toda persona que forma parte de la relación procesal electoral mexicana, cuente con el mismo tratamiento, instrumentos y expectativas para ser favorecido por parte de un juzgador imparcial y competente.
En el caso Van Der Mussele v. Belgium de 1983, el Tribunal de Estrasburgo adoptó ese ideario cuando incluyó como característica fundamental de un sistema judicial democrático, el derecho a ser asistido gratuitamente por un abogado de oficio.
Dicha progresividad jurisdiccional hacia la tutela judicial auténticamente equitativa, debe ser por tanto el hilo conductor que perfile al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación como el máximo órgano especializado de nuestro país.
En su quehacer, como el tribunal constitucional de una democracia que se construye de forma cotidiana, debe prevalecer la visión sustantiva que camina sin titubeos hacía un esquema de justicia igualitaria que es propio de la sociedad incluyente y multicultural.
Ciertamente, la incorporación de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas, publicada el pasado marzo, es un paso fundamental para lograr las condiciones de igualdad procesal que exige nuestra Constitución Política.
Sin embargo, ello es sólo un giro en la dirección correcta, la que exige continuar en la difícil tarea de identificar, corregir y equilibrar las injustificables diferencias reglamentarias, estructurales y jurídicas que subsisten para una misma ciudadanía.
La agenda de trabajo, entrega y compromiso en esta palpitante ruta, que hoy por su naturaleza es irrenunciable y que sólo requiere de una rápida mirada para encontrarla, es generosa, alentadora y estimulante.
Así, están los derechos de niños y jóvenes, migrantes, personas vulnerables y con discapacidad, en estado de interdicción, residentes en el extranjero y privadas de su libertad, entre otros tantos supuestos. No debemos perder más tiempo.
Consejero de la Judicatura Federal de 2009 a 2014