En términos prácticos y jurídicos, las actividades que despliegan las autoridades y, en el caso que nos ocupa, las pertenecientes a las Fuerzas Armadas, que no cuentan con regulación pueden resultar inciertas y hasta peligrosas; es decir, cuando no hay normas jurídicas claras, todo puede ocurrir, y en tal situación, es casi imposible prevenir, anticipar, fincar responsabilidades, corregir y castigar.

Tratándose de hacer respetar los derechos humanos de todos, al tiempo de preservar la seguridad interior de la comunidad, lo anterior cobra muy superior relevancia. Es justamente en ese sentido que no sólo es necesario, resulta urgente legislar para salvaguardar la seguridad interior de nuestro país.

La actual es la peor de las condiciones posibles; carecemos de un procedimiento legal y de controles democráticos que protejan a la ciudadanía ante las intervenciones que eventualmente realizan las Fuerzas Armadas en apoyo a otras instancias o cuerpos de seguridad del Estado; y es que no está suficientemente regulada la atribución del Ejecutivo Federal para ordenar acciones, para prevenir o contrarrestar actos violentos graves o reiterados que pongan en peligro a la población; y, todo indica, que no son suficientes los mecanismos existentes de coordinación entre las Fuerzas Armadas, otras instancias federales, así como de las policías de los estados y municipios del país.

En respuesta a esta problemática, partidos políticos de todo el espectro ideológico hemos presentado hasta ahora 5 iniciativas de Ley que, con diferentes matices, coinciden en la necesidad de dar certeza jurídica a los ciudadanos y a las instituciones gubernamentales.

Por lo que toca al planteamiento de los diputados del PRI, hemos propuesto garantizar la protección de los derechos humanos de todos e impedir excesos de la autoridad. Con tal propósito, buscamos regular la intervención de las Fuerzas Armadas por medio de un procedimiento que sugerimos llamar Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, que únicamente podrá emitir el Presidente de la República, con base en la Ley y/o se lo soliciten las legislaturas locales o sus ejecutivos, cuando las primeras no se encuentren reunidas, de conformidad con el principio de garantía de protección federal.

En dicho procedimiento quedará lisa y claramente explicado que el Ejecutivo Federal sólo dispondría de la Fuerza Armada como último recurso, en un determinado lugar de manera progresiva y gradual, y por un periodo transitorio.

Igualmente, proponemos precisar que las acciones de las autoridades federales no sustituirán competencias y responsabilidades de las locales, y que dicha declaratoria deberá notificarse a la Comisión Bicameral del Poder Legislativo y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos; así como publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en los periódicos y gacetas oficiales de las entidades federativas afectadas, de suerte que se asegure su máxima publicidad posible, para el conocimiento de la sociedad.

Queda expresado con toda claridad que las libertades de expresión y manifestación de ideas y opiniones, tales como las movilizaciones que se realizan en las calles por razones de protesta por causas sociales, económicas o políticas permanecerán garantizadas y serán protegidas como hasta ahora. En suma, trabajamos, y en breve legislaremos, con el concurso de las organizaciones de la sociedad civil y la mayoría de las fuerzas políticas representadas en el Congreso de la Unión, por una ley que ponga controles democráticos a las Fuerzas Armadas y a los ciudadanos nos brinde certeza, y junto a ésta, tranquilidad.

Coordinador de los diputados del PRI

@CCQ_PRI

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