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Las ciudades están lejos de ofrecer condiciones y oportunidades equitativas a sus habitantes. Es la sentencia plasmada en el preámbulo de la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad de la Organización de las Naciones Unidas, cuya revisión se hizo en Barcelona hace ya 12 años y sigue vigente, por no decir que apremiante.
Desde hace algunas semanas ha sido recurrente en medios de comunicación, mesas de análisis y hasta en reuniones familiares, el tema de la suspensión de las obras de la línea siete del Metrobús, con un intercambio de argumentos y posiciones que, en algunos casos, se perciben alejadas del interés de las mayorías.
El estudio Movilidad urbana sostenible: un reto para las ciudades del siglo XXI de la investigadora y también parlamentaria, Carmen Lizárraga Mollinedo, explica que si se desea mejorar la calidad de vida de las ciudades medias y grandes, necesariamente debe regir un modelo de movilidad urbana sostenible.
¿Y qué quiere decir el término? Que la planeación de la movilidad urbana debe definirse en función de patrones de un transporte que proporcione los medios y oportunidades para cubrir necesidades económicas, ambientales y sociales, eficiente y equitativamente, evitando impactos negativos y sus costos asociados.
En función de ello debemos preguntar si el modelo planteado para la línea siete del Metrobús responde a esas expectativas, lo que incluye, por supuesto, un absoluto respeto por nuestros recursos naturales en una zona metropolitana tan contaminada como la nuestra y desde luego, la preservación de nuestro patrimonio histórico.
La suspensión de la obra sobre Paseo de la Reforma, determinada por el juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa reconoce que toda la avenida constituye un monumento histórico protegido por determinación directa del Congreso de la Unión, de acuerdo a lo previsto en el artículo 36, fracción I, de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, lo que sólo haría factibles obras de mantenimiento, conservación y rehabilitación.
En las consideraciones del acuerdo, la autoridad jurisdiccional concedió la suspensión definitiva, a fin de conservar las áreas verdes naturales que se encuentran en el Bosque de Chapultepec, lo que impide la tala de árboles en dicha zona y la periferia; además de proteger la estructura urbana de Paseo de la Reforma, las glorietas históricas, las fuentes, los amplios paseos peatonales, los vestigios históricos y las áreas verdes de una de las avenidas más importantes y transitadas de la capital de todos los mexicanos. Absolutamente de acuerdo.
La resolución debe ser vista como una oportunidad y un llamado a lograr que el modelo de movilidad urbana sea sostenible, pero también viable, seguro, eficiente, suficiente y equitativo. Que garantice pues, el Derecho a la Ciudad definido en la fracción segunda del Artículo 12 de la Constitución de la Ciudad de México como un derecho colectivo para el ejercicio pleno de los derechos humanos, la función social de la ciudad, su gestión democrática y la justicia territorial, la inclusión social y la distribución equitativa de bienes públicos con la participación de la ciudadanía.
Por eso estoy convencida de que la transparencia y la eficiencia en la gestión de tan importante proyecto, puede garantizarnos, a todos, un ganar-ganar.
Senadora por el Estado de México.
@AnaLiliaHerrera